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28 de noviembre de 2012
ENTRE RIOS.
PROHIBEN QUEMAS POR TRES MESES.

A partir del 1º de diciembre, y por tres meses, estará prohibido realizar cualquier tipo de quemas en la provincia. La medida, resuelta por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, se debe al elevado índice de peligro de incendios que se registra en esta época, la estación más seca y cálida del año. Además, quedan sin efecto todas las autorizaciones otorgadas por dicho organismo hasta esa fecha. En lo que va del año el Plan Provincial de Manejo del Fuego labró 60 actas de infracción.
Mediante resolución firmada por el secretario de Ambiente, Fernando Raffo, desde diciembre y hasta el 28 de febrero no se podrán realizar quemas en el territorio entrerriano.
También se intensificarán los controles terrestres y a quienes incumplan las normas se les aplicarán multas que van de 626 a 9,4 millones de pesos.
Según lo establece la Ley Provincial de Manejo del Fuego Nº 9868, la Secretaría de Ambiente, en su carácter de autoridad de aplicación, puede actuar impidiendo la sucesión de quemas cuando lo considere necesario.
Teniendo en cuenta esto, las condiciones climáticas y las pérdidas generadas por quemas incontroladas, el organismo provincial decidió prohibir la realización de cualquier tipo de incendio.
En este sentido, Raffo destacó que, a partir de la prohibición de incendios en las épocas de mayor riesgo, “se ha dado una significativa disminución de las quemas incontroladas” y que “cada vez más la gente solicita autorizaciones para realizar estas prácticas que muchas veces son necesarias por cuestiones productivas”.

Actas labradas
En lo que va del año se labraron alrededor de 60 actas. La mayoría de ellas se realizaron entre mayo y junio, en coincidencia con un período de sequía prolongada en la zona. En esa fecha se resolvió emitir una resolución de prohibición y suspensión de quemas, con lo que se logró que en julio la cantidad de quemas disminuyeran notablemente.
Posteriormente a la misma se siguió trabajando en la constatación de quemas no autorizadas y en el labrado de las actas correspondientes.
El sistema de constatación comenzó con la programación de las rutas de búsqueda de quemas detectadas por imágenes satelitales. Dichas rutas fueron recorridas utilizando medios terrestres y aéreos, estos últimos facilitados por el Plan Nacional de Manejo del Fuego.
Una vez realizadas las actas se precedió a notificar a los presuntos infractores a los fines de que realicen el descargo correspondiente ante el Plan Provincial de Manejo del Fuego, de la Secretaría de Ambiente.
Siguiendo con el plan de trabajo se decidió prohibir las quemas en los meses de diciembre, enero y febrero debido a que en esta época se registran las máximas temperaturas anuales y aumenta el índice de peligrosidad de incendios.
Por otra parte, durante el período habilitado, se emitieron 59 autorizaciones de quema en lo que va del año, especialmente al sector forestal.
Cabe aclarar que en los períodos habilitados sólo se puede quemar con autorización expresa de la Secretaría de Ambiente, la cual evalúa las condiciones en las que deben efectuarse.

Controles
Desde el Plan Provincial de Manejo del Fuego informaron que los controles terrestres se realizan en forma permanente en todo el territorio provincial. Hay coordinadores regionales dependientes del organismo provincial y personal de la Brigada Forestal de la Policía de entre Ríos.
Además, la Secretaría cuenta con un sistema satelital de detección de incendios que también funciona en forma permanente.
Si se detecta un incendio la denuncia puede realizarse llamando a la Policía del lugar, que enviará agentes al lugar para labrar las actas correspondientes, o por la mañana a la Secretaría de Ambiente, Plan de Manejo del Fuego, al (0343) 4840555.

Multas y montos
La aplicación de multas varía en función de los riesgos generados, los daños a personas, si hubo personas accidentada o fallecidas; daños a bienes públicos o privados como viviendas o vehículos; daños en el ambiente teniendo en cuenta la reversibilidad o no de los mismos; y antecedentes, es decir, si posee multas anteriores por los mismos hechos.
Respecto a los montos mínimos y máximos de las multas la Ley Provincial de Manejo del Fuego Nº 9868, establece que van de 626 pesos hasta 9,4 millones de pesos. Es decir, de 1 a15.000 sueldos básicos del escalafón general categoría 10 códigos 1 y 5.
Estos registros fueron creados en el marco de la Ley Provincial de Manejo del Fuego Nº 9868.



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