JUBILACIONES Y ASIGNACIONES: LAS SUBAS PREVISTAS PARA DICIEMBRE Y MARZO.
En diciembre próximo, los jubilados nacionales, pensionados y demás beneficiarios del sistema de la Seguridad Social cobrarán sus haberes con un aumento del 8,74%.
JUBILACIONES Y ASIGNACIONES: LAS SUBAS PREVISTAS PARA DICIEMBRE Y MARZO
Los jubilados, pensionados y demás beneficiarios del sistema de la Seguridad Social cobrarán sus haberes de diciembre con un aumento del 8,74%. La suba de marzo está atada a la decisión del nuevo gobierno de mantener o no la actual fórmula.
En diciembre próximo, los jubilados nacionales, pensionados y demás beneficiarios del sistema de la Seguridad Social cobrarán sus haberes con un aumento del 8,74%.
Este dato surge de la aplicación de la actual fórmula de movilidad votada a fines de 2017. En tanto, en marzo del año próximo el aumento debería ser del 11,56%. En total, esos aumentos comprenden a 18 millones de beneficios.
Así lo indicó el columnista Ismael Bermúdez en el portal de Clarín, que utilizó el potencial para el mes de marzo, ya que a partir de las manifestaciones públicas del presidente electo Alberto Fernández durante la campaña electoral, está en duda si el nuevo Gobierno mantendrá esa fórmula, si impulsará alguna modificación de la ley previsional u otorgará antes un aumento de emergencia adicional a cuenta o no de ese aumento.
En ese contexto, también se recuerda que la Corte Suprema deberá pronunciarse con respecto a si la aplicación retroactiva de la fórmula de movilidad es inconstitucional, de acuerdo con el fallo de la Sala III de la Cámara de la Seguridad (caso Miguel Fernández Pastor), y si su vigencia también lo es porque perjudicó a los jubilados, tal como lo reclama el demandante Fernández Pastor.
Además, una variante que impulsa el ex ministro de Trabajo, Carlos Tomada, es reemplazar la actual fórmula por otra que tome en cuenta, alternativamente, la evolución de la inflación (IPC del Indec) y el Ripte (salarios de los trabajadores formales). De ambos índices prevalecerá el que sea más favorable a los jubilados, con la condición de que el Ripte sea consistente con la evolución de la recaudación del sistema de Seguridad Social. Si no cumple ese requisito, los haberes se ajustarían por la inflación.