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19 de enero de 2012
ENTRE RÍOS
El Inadi también se pronunció sobre el caso de la nena abusada sexualmente en General Campos

Desde el Instituto Nacional contra la Discriminación, el Racismo y la Xenofobia (Inadi) afirmaron que el pedido de aborto a una niña entrerriana embarazada de 11 años que fue abusada, no debería haber llegado a la Justicia. Asimismo, desde el organismo indicaron que debió hacerse “sin demora” la interrupción del embarazo en los servicios de salud. “Tomando en cuenta la edad de la niña, y que el embarazo fue producto de un abuso sexual, el caso encuadraría en el artículo 86 del Código Penal de la Nación Argentina”, alegó el interventor de la entidad, Pedro Mouratián. Por otro lado, este miércoles frente a los Tribunales de Concordia, dirigentes de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) Paraná, tienen previsto realizar una radio abierta. “El caso no debería haber llegado a la Justicia y debería haberse realizado sin demora la interrupción del embarazo en el ámbito de los servicios de salud”, remarcó el interventor del Inadi, Pedro Mouratián.

El caso tuvo gran repercusión mediática a nivel nacional y por lo que distintos especialistas se pronunciaron sobre el tema.

El Inadi, ante el caso de la niña de 11 años de la localidad entrerriana de General Campos, abusada sexualmente y con un embarazo de tres meses, cuya familia pidió a la Justicia la realización de un aborto, emitió un comunicado en el que sostiene que “deben resguardarse en primer lugar los derechos de la niña”.

Mouratián añadió que “se entiende que un embarazo de tales características pone en riesgo la salud psicofísica de la niña”.

Por eso, desde el Inadi se afirmó en el comunicado, que “el caso no debería haber llegado a la Justicia y debería haberse realizado sin demora la interrupción del embarazo en el ámbito de los servicios de salud”.

El caso de la menor permanece en el Juzgado de Familia de Concordia.

La Convención Internacional de los Derechos del Niño, aludida en el comunicado, establece que “el Estado debe garantizar el derecho del/a niño/a a ser protegido/a contra toda forma de abuso físico y mental (artículo 19, 32, 34, 35 y 39), el derecho a la salud (artículo 24) y el derecho a expresar libremente su opinión en los asuntos que lo/a afecten, teniendo en cuenta debidamente sus opiniones”.



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