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2 de marzo de 2012
DROGAS.
CONDENA POR 14 GRAMOS DE COCAINA.

No fue la cantidad de droga hallada en la casa de Jorge Omar Kreick, sino su posesión para la comercialización de la misma lo que tuvo en cuenta el tribunal para condenarlo. La investigación de la existencia de dicha actividad comercial ilegal en un barrio de Gualeguaychú había iniciado en 2010 por la denuncia de una vecina de identidad reservada, y terminó en un allanamiento en la vivienda donde hallaron sólo 14 gramos de cocaína. El hombre de 45 años fue sentenciado a cumplir cuatro años de prisión efectiva.
Ayer por la mañana se efectuaron los alegatos, donde la fiscal de Cámara, Marina Herbel de Pajares, enumeró las pruebas que constan en la causa y que fueron producidas en el juicio mediante las testimoniales, para sostener que el acusado comercializaba droga en su casa. Entre ellas el estupefaciente incautado en el allanamiento, así como los celulares con mensajes de texto que evidenciaban encriptadamente la compra-venta de drogas, y la documentación de motos y autos que estaban en la casa. Además, destacó las tareas de vigilancia efectuadas por gendarmes apostados en la cuadra de la casa de Kreick, que afirmaron haber visto pasamanos entre el hombre y circunstanciales visitantes.
Por su parte, el defensor oficial Mario Franchi sostuvo la inocencia de Kreick por la falta de pruebas y cuestionó la validez de varios aspectos del procedimiento en la vivienda del imputado, donde habría existido una supuesta autoincriminación del mismo, en base a la cual se estructuró la acusación.

Puntos de discusión
En el allanamiento a la vivienda de la esquina de Jaime de Nevares y Belgrano, de Gualeguaychú, el 25 de junio de 2011, según relataron en sus testimonios los gendarmes, Kreick se hizo cargo de todo lo que hallaron, tanto de la cocaína como de la documentación de vehículos, que habría dicho que eran señas o partes de pago de su actividad comercial. La fiscal sostuvo que estas declaraciones eran válidas porque fueron espontáneas y libres de parte del acusado, y probaban su culpabilidad. Por el contrario, el defensor oficial dijo que no fueron de tal carácter, sino que, como dijo una testigo, los uniformados le preguntaron a Kreick por los elementos que había en la casa y él respondía. Según Franchi, de esta manera se violaron las garantías constitucionales, por las que alguien sospechado de un delito debe saber los derechos que tiene antes de responder preguntas sobre la causa.
Otro punto cuestionado por el defensor fueron los videos registrados durante la vigilancia y las testimoniales de los gendarmes. Estos habían dicho que habían visto a Kreick atender a gente en la puerta de la casa y realizar pasamanos intercambiando elementos, supuestamente dinero y drogas. Sin embargo, Franchi remarcó que en ninguno de los videos puede observarse dicha actividad, ni siquiera identificar a Kreick, ya que desde donde estaban apostados en un auto y a una distancia de más de 50 metros, con un árbol que les tapaba el frente de la casa, era imposible que los gendarmes hayan visto lo que dijeron ver. Por esto, los videos tampoco fueron tenidos en cuenta como pruebas por la fiscal al momento de sus alegatos.
Por último, Franchi agregó que no se encontraron en la vivienda elementos tales como una balanza, de corte y estiramiento, de elaboración o fraccionamiento de la cocaína, que habitualmente se utilizan para la comercialización.
El acusado hizo uso de la última palabra, donde sostuvo que la Gendarmería esposó a su hija en el allanamiento, y que el celular encontrado en su casa era de su hermano, quien se dedicaría a dicha actividad ilegal.

Dura condena
Finalmente, después del mediodía de ayer se conoció la sentencia del Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná, integrado por Noemí Berros -presidenta-, Roberto López Arango y Lilia Carnero, que condenó a Kreick a cuatro años de cárcel por el delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.



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