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19 de julio de 2012
Pueblo Liebig.
Patrimonio Histórico y Cultural.

Pueblo Liebig ya es patrimonio histórico y cultural de Entre Ríos, puesto que el gobernador Sergio Urribarri promulgó la ley sancionada por la legislatura provincial, cuyo fin es preservar el valor arquitectónico y urbanístico de esa localidad del departamento Colón. Liebig es un poblado fundado en 1863 que surge por la actividad comercial de la Inglaterra Victoriana. En aquella época se erigieron construcciones hoy históricas que es necesario preservar en su casco urbano, al igual que la legendaria chimenea del frigorífico que más de una vez se intentó desmantelar, pero no fue posible por la resistencia de los vecinos.
Ahora todas esas construcciones mantendrán su impronta original a partir de la ley 10147 que fue aprobada en la legislatura y promulgada por el Poder Ejecutivo provincial.
La normativa señala que están comprendidas en la declaración todas las construcciones existentes en el radio urbano de dicha localidad, predio deportivo, balneario, casas habitaciones, instalaciones, mobiliario, sean privadas o no, y edificaciones que “serán considerados Lugar Histórico Cultural de Entre Ríos y quedarán sujetos al régimen de Monumento Histórico Provincial”.
Respecto a esos bienes, queda prohibida toda destrucción, modificación, reforma, ampliación, refacción, refuncionalización o intervención que afecte las edificaciones protegidas, tanto en su estructura arquitectónica como morfológica, “sin contar con la previa y expresa autorización del Área Patrimonio Cultural y Ambiental de la Subsecretaría de Cultura o la entidad que en el futuro la sustituya”.
Tampoco podrán ser cambiados de destino los edificios sin contar con la autorización precedente. Cualquier intervención que deba realizarse sobre ellos y que se vincule a alguna de las actividades enumeradas deberá contar con el asesoramiento técnico especializado y pertinente, debiendo para ello el Poder Ejecutivo provincial proveer personal idóneo para cumplir con la finalidad proteccionista.
Por otra parte, se precisa que la administración, uso y gestión de los bienes afectados que pertenezcan al dominio público, quedará confiada a la junta de gobierno de Pueblo Liebig o autoridad que la sustituya en el futuro, quien ajustará su utilización a las limitaciones emergentes de declaración.
Por último, se prevén sanciones económicas para quienes intenten algún tipo de agresión, deterioro o destrucción de estas propiedades.



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