El cura Mario Ventura se plantó de modo resuelto y ha dicho, enfático, que hará cumplir todo aquello que dictamina el Código de Derecho Canónico, el ordenamiento legal que regula la vida de la Iglesia.
El sacerdote no permite que ningún divorciado participe como padrino en las ceremonias de bautismo en su iglesia.
La norma tiene observación cerrada en la Parroquia Sagrado Corazón, de General Ramírez, a 58 kilómetros de Paraná, adonde Ventura, un hombre de 45 años, está como párroco.
Antes que un divorciado sea padrino, prefiere que el chico se bautice sin padrino. “Los padrinos no tienen que ser divorciados. Eso es algo que se aplica en todos lados, que hemos hablado con el obispo, y porque además son las leyes de la Iglesia”, dice el sacerdote.
La cerrada postura del religioso ya movió a las críticas de parte de la comunidad, que no ve con buenos ojos la postura de Ventura. No sólo han hecho conocer su enojo en Ramírez, sino que también tienen pensado llegar ante el obispo, Juan Alberto Puiggari.
Pero Ventura se muestra inconmovible. Dice que no le quita la tranquilidad que eso pueda suceder, que él actúa según el Derecho Canónico, y que no piensa cambiar de postura.
Ventura, un cura nacido en Villaguay, el 20 de diciembre de 1966, ordenado sacerdote en diciembre de 1991 por el arzobispo de entonces, el actual cardenal Estanislao Esteban Karlic, es, desde hace tres años párroco del Sagrado Corazón de Jesús, de General Ramírez.
Desde que llegó empezó a endurecer las condiciones para convertir fieles a través del bautismo. Pero él argumenta que no creó nada nuevo.
“Las condiciones son para todos. Es un requisito que impone la propia Iglesia. El padrino debe ser una persona practicante, y llevar una vida congruente con el Evangelio. De ese modo, el padrino podrá ayudar al crecimiento de la fe del bautizado”, dice.
Aunque acepta que sus normas no son del agrado de todos los fieles, que ya le han puesto sus quejas.
–¿Qué dicen sus fieles cuando le pone esas condiciones antes del bautismo?
–Al principio, se quejan un poco. Pero es norma para todos. Quizá algunos sacerdotes lo decimos más que otros, pero está escrito en el Código de Derecho Canónico. A lo mejor, los colegas que estaban antes que yo no lo decían de un modo suficientemente claro. Pero es así. En todos lados esto es así, es igual. Son normas de la Iglesia, no son cosa mía, no que es que yo haya inventado nada.
El texto al que alude el cura Ventura está contenido en el canon 873 del Código de Derecho Canónico, que dice esto: “Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una. Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:
1) haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla;
2) haya cumplido dieciséis años, a no ser que el obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una excepción;
3) sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el santísimo sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir;
4) no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada;
5) no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar”.
Nada dice de los divorciados.