FEDERACION ENTRERRIANA DE FUTBOL
TORNEO PROVINCIAL DE CLUBES 2013/14
Anibal Omar Irigoy
Boletín Oficial Nº 7/14 - 14-02-14
Apellido y Nombre Liga Club Sanción/part. Articulo/s
Pesoa Gilberto Feliciano Santa Teresita 6 205 Inc. D
Garcia Angel Santa Elena Camba Cua 4 200 inc. a P. 3
y dos meses de suspensión para ejercer la capitania. Art. 211.
Velazquez, Luis D.T. Gualeguaychu Sud América inhabilitado 27
Se solicita descargo de acuerdo al informe del árbitro, según art. 8 del R.T. y P.
Contreras Luis Gualeguaychu Sud América 1 208
Expediente- Partido Atl. Macia (R. del Tala) Vs. C.A. San Jose (Colón)
Disputado el 26/01/2014
Atento a lo establecido en el art. 29 del R. T y P, y en base a la solicitud efectuada por el C.D. San Jose, a través de la Liga Departamental de futbol de Colon, este Tribunal, acuerda un único e improrrogable plazo para presentar las pruebas ofrecidas, hasta el día lunes 17 de febrero de 2014, en Secretaria de la F.E.F, manteniendo la inhabilitación de los jugadores e integrantes del Cuerpo Técnico informados en el Boletín Oficial Nº 5 del Tribunal de Disciplina de la F.E.F del día 29 de enero de 2014.
Expediente- Partido A. Camba Cua (Santa Elena) Vs. C.S. y D. las Malvinas (Federal)
Disputado el 26/01/2014
Visto:
Resuelve:
1.- Dar por finalizado el Partido entre el C.A. Camba Cua y C. S. y D. Las Malvinas , según el Art. 152 del R.T. y P.
2.- El resultado que se registra del partido es Camba Cua 0 (cero), Las Malvinas 3 (tres), según Art. 152 del R.T.y P.
3- Aplicar al Club Camba Cua una multa de 2 (dos) fechas v.e. de 50 v.e. cada una, lo que hace un total de 100 entradas, según Art. 80 Inc. B y penúltimo párrafo del mismo R.T. y P.
4.- Aplicar al jugador Puig, Carlos Oscar D.N.I: 33.449.814 5 (cinco) partidos de suspensión por aplicación del art. 287 punto 5 del R.T. y P.
Expediente- Partido Roma (Nogoyá) Vs. C. Belgrano (Diamante)
Disputado el 26/01/2014
Este Tribunal de Disciplina, según el Art. 29 del Reglamento de Transgresiones y Penas, acuerda en un plazo único e improrrogable hasta el lunes 17/02/14, para presentar descargo solicitado oportunamente, en la Secretaria de la Federación Entrerriana de Fútbol .
Expediente – Partido Libertad (Gualeguay) Vs. Def. del Oeste (Regional)
Disputado el 19/01/2014
Visto:
Considerando:
Resuelve:
1.- Aplicar al Club Libertad Liga Departamental de Futbol de Gualeguay, una multa de 2 (dos) fechas v.e. de 50 cada una, lo que hace un total de 100 v.e. lo que hace un total de v.e. según artículo 80 Inc. B del Reglamento de Transgresiones y Penas.
NOTA: Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituidas por su equivalente en valor entradas (Art. 260 2do. Párrafo del R. de T. y Penas).
Todos los artículos pertenecen al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal del Futbol
Art.50º-DE LOS JUGADORES Y MIEMBROS DEL CUERPO TECNICO
e) Aquel infractor sancionado por partido en el marco del Torneo Provincial 2013/14 que al término de la participación de su respectivo Club en el mismo no hubiera completado totalmente el cumplimiento de la pena aplicada, deberá continuar computando la misma en los certámenes oficiales organizados por su Liga de origen