7 de noviembre de 2014 |
MEDICOS SE PROHIBE COBRO DE PLUS. |
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COMISION DE SALUD PUBLICA.
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En la sesión de la Cámara Alta, que se realizó este miércoles, ingresó y fue girada a la Comisión de Salud Pública, Medio Ambiente Humano y Drogadicción, la iniciativa por la que “se prohibirá en la provincia el cobro de plus, adicionales y complementos monetarios o de otra naturaleza por personas físicas o jurídicas que presten servicios profesionales del arte de curar y de disciplinas anexas vinculadas a la salud, a pacientes que cuenten con cobertura de obra social o seguro, cuando las obras sociales y el sistema nacional de seguro de salud abonen como retribución de la prestación aranceles fijados en convenio entre las entidades y los profesionales u organizaciones gremiales que los agrupen”. El proyecto determina claramente que la prohibición alcanzará a todas las prestaciones de salud, clínicas; sanatoriales; de diagnóstico; y demás, que se encuentren cubiertas por las Leyes nacionales 23.660, 23.661 y la provincial 5326/73.Además, la norma facultará al ministerio de Salud y a las obras sociales a “actuar de oficio” para detectar, comprobar y sancionar el cobro de los adicionales, con el fin de erradicarlos. En ese marco, se determina que si se confirman infracciones se labrará un acta ‘in situ‘ y las obras sociales podrán sancionar a los infractores con multas que van de uno a diez salario mínimo, vital y móvil, con suspensiones de créditos pendientes de cobro de 90 a 180 días. En tanto, el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) quedaría facultado, también a excluir de forma permanente y definitiva a los prestadores infractores y, si la reincidencia es sistemática, la autoridad de aplicación podrá suspender la matricula del profesional.
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