VILLAGUAY.
PIDEN DIEZ AÑOS DE PRISION PARA ACUSADO.
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La Fiscalía solicitó la pena de 10 años de prisión para Alberto Martiniano Cano de 40 años, acusado de asesinar a puñaladas a su propio hermano, durante una pelea ocurrida el sábado 9 de junio en la localidad de Villa Clara, departamento Villaguay. Por su parte la defensa espera una pena mínima y sostuvo que no fue su intención matarlo. El hecho tuvo lugar alrededor de las 17.15, en el bar La Cobra en el Barrio La Clarita, donde se generó una discusión entre los hermanos, en momentos que jugaban por dinero a la taba, lo que terminó con una pelea durante la cual Alberto Cano le asestó una puñalada a José Eduardo Cano de 38 años, quien murió antes de llegar al hospital San Martín.
Tras lo sucedido, el homicida se presentó en la Policía, donde confesó el hecho y entregó el cuchillo con el cual apuñaló a su hermano y quedó detenido
Alberto Cano llegó a juicio ante el Tribunal uruguayenses, integrado por los vocales, Marta Cristina Bonifacino, María Cristina Calveyra y Fabián López Moras, siendo representado en la audiencia por la defensora oficial Alejandrina Herrero.
Tras la presentación del caso realizado por la presidenta del Tribunal, las partes realizaron su alegato de apertura. La fiscal Tania Benedetti señaló a su turno que estaban en condiciones de demostrar como Alberto Martiniano Cano dio muerte a su hermano José Eduardo Cano durante un altercado ocurrido en el bar La Bobra, asegurando que se lo demostrará con los elementos presentados en el juicio y testimoniales, entre ellas de otro hermano de los protagonistas, de nombre Aldo Daniel Cano.
Por su parte, la Defensa negó la intencionalidad de Alberto Martiniano Cano en dar muerte a su hermano y destacó que se estaba ante un caso de homicidio preterintencional, ya que quiso agredirlo, pero de ninguna manera darle muerte, asiendo hincapié en el estado de alcoholismo que ambos contrincantes tenían al momento del hecho, ya que habían estado bebiendo.
Luego de etas introducciones, el acusado declaró ante el Tribunal y contó su versión de los hechos, reconociendo lo sucedido y destacando que en ningún momento pensó que lo había herido de muerte. Cano contó que discutieron pero no supo decir las razones del enojo de su hermano, destacando que estuvo bebiendo desde temprano ya que hicieron un asado en su casa y siguió tomando en el bar. Por otra parte señaló que luego de lo ocurrido un amigo los llevó en moto a la comisaría local donde se entregó ante la presencia del oficial a cargo Coch, que fue luego uno de los testigos citados.
Tras la declaración del imputado, comenzaron los testimonios, y uno de estos fue el del médico Forense de Concepción del Uruguay, quien explicó cómo podía reaccionar una persona con un importante grado de alcohol en sangre, haciéndose mención a que el acusado, casi cinco horas después del hecho, tenía 1,19 grados de alcohol en sangre.
El profesional, señaló que de acuerdo estudios practicados que se contemplen en tablas estimativas, dependiendo de cada persona, pero en su mayoría los casos son similares, una persona con esa graduación, cinco horas antes habría tenido alrededor de 1,90º de alcohol. Ante personas promedio, esto produciría serias alteraciones, falta de equilibrio y amnesia, dependiendo del metabolismo de la persona y su costumbre o no de beber.
Por su parte, los testigos coincidieron en señalar que los hermanos estuvieron bebiendo en el bar, pero ninguno habría observado al acusado en un estado de ebriedad total, incluyendo el oficial Coch que lo recibió en la dependencia policial a pocos minutos del hecho. Por otra parte, solo una persona vio lo que ocurrió en el bar y fue el hermano de ambos.
Aldo Daniel Cano dijo lo mismo que otras personas respecto a la discusión y lo que hacían en ese momento, destacando que el acusado no quiso matar a su hermano y que reaccionó así cuando la víctima lo fue a golpear, luego de que recibiera un golpe de puño por parte del imputado.
Tras los testimonios, la Fiscalía volvió a insistir sobre la intencionalidad de Alberto Martiniano Cano matar a su hermano, recalcando que comprendía sus actos, tazón por la cual solicitó la pena de 10 años de prisión por el homicidio simple.
A su turno, la Defensa sostuvo que su representado no sabía lo que hacía por su grado de alcohol en sangre y que no midió las consecuencias de sus actos, por lo que interpretaba que se estaba ante un homicidio preterintencional, razón por la cual pidió la pena mínima.
Finalizados los alegatos, el Tribunal decidió pasar a un cuarto intermedio hasta el martes 16 del corriente a las 12, cuando será dado a conocer el fallo.
Tras lo sucedido, el homicida se presentó en la Policía, donde confesó el hecho y entregó el cuchillo con el cual apuñaló a su hermano y quedó detenido
Alberto Cano llegó a juicio ante el Tribunal uruguayenses, integrado por los vocales, Marta Cristina Bonifacino, María Cristina Calveyra y Fabián López Moras, siendo representado en la audiencia por la defensora oficial Alejandrina Herrero.
Tras la presentación del caso realizado por la presidenta del Tribunal, las partes realizaron su alegato de apertura. La fiscal Tania Benedetti señaló a su turno que estaban en condiciones de demostrar como Alberto Martiniano Cano dio muerte a su hermano José Eduardo Cano durante un altercado ocurrido en el bar La Bobra, asegurando que se lo demostrará con los elementos presentados en el juicio y testimoniales, entre ellas de otro hermano de los protagonistas, de nombre Aldo Daniel Cano.
Por su parte, la Defensa negó la intencionalidad de Alberto Martiniano Cano en dar muerte a su hermano y destacó que se estaba ante un caso de homicidio preterintencional, ya que quiso agredirlo, pero de ninguna manera darle muerte, asiendo hincapié en el estado de alcoholismo que ambos contrincantes tenían al momento del hecho, ya que habían estado bebiendo.
Luego de etas introducciones, el acusado declaró ante el Tribunal y contó su versión de los hechos, reconociendo lo sucedido y destacando que en ningún momento pensó que lo había herido de muerte. Cano contó que discutieron pero no supo decir las razones del enojo de su hermano, destacando que estuvo bebiendo desde temprano ya que hicieron un asado en su casa y siguió tomando en el bar. Por otra parte señaló que luego de lo ocurrido un amigo los llevó en moto a la comisaría local donde se entregó ante la presencia del oficial a cargo Coch, que fue luego uno de los testigos citados.
Tras la declaración del imputado, comenzaron los testimonios, y uno de estos fue el del médico Forense de Concepción del Uruguay, quien explicó cómo podía reaccionar una persona con un importante grado de alcohol en sangre, haciéndose mención a que el acusado, casi cinco horas después del hecho, tenía 1,19 grados de alcohol en sangre.
El profesional, señaló que de acuerdo estudios practicados que se contemplen en tablas estimativas, dependiendo de cada persona, pero en su mayoría los casos son similares, una persona con esa graduación, cinco horas antes habría tenido alrededor de 1,90º de alcohol. Ante personas promedio, esto produciría serias alteraciones, falta de equilibrio y amnesia, dependiendo del metabolismo de la persona y su costumbre o no de beber.
Por su parte, los testigos coincidieron en señalar que los hermanos estuvieron bebiendo en el bar, pero ninguno habría observado al acusado en un estado de ebriedad total, incluyendo el oficial Coch que lo recibió en la dependencia policial a pocos minutos del hecho. Por otra parte, solo una persona vio lo que ocurrió en el bar y fue el hermano de ambos.
Aldo Daniel Cano dijo lo mismo que otras personas respecto a la discusión y lo que hacían en ese momento, destacando que el acusado no quiso matar a su hermano y que reaccionó así cuando la víctima lo fue a golpear, luego de que recibiera un golpe de puño por parte del imputado.
Tras los testimonios, la Fiscalía volvió a insistir sobre la intencionalidad de Alberto Martiniano Cano matar a su hermano, recalcando que comprendía sus actos, tazón por la cual solicitó la pena de 10 años de prisión por el homicidio simple.
A su turno, la Defensa sostuvo que su representado no sabía lo que hacía por su grado de alcohol en sangre y que no midió las consecuencias de sus actos, por lo que interpretaba que se estaba ante un homicidio preterintencional, razón por la cual pidió la pena mínima.
Finalizados los alegatos, el Tribunal decidió pasar a un cuarto intermedio hasta el martes 16 del corriente a las 12, cuando será dado a conocer el fallo.