CORTE DE SUMINISTRO DE LUZ.
ENERSA DEJARA DE EMITIR EL CORTE DE FACTURA.
Desde principios de año se puede observar en la boleta dos recuadros de color rojo claro en los que se informa la fecha a partir de la cual la empresa se encuentra habilitada a suspender el suministro por falta de pago (a partir del 6º día hábil, después del 2º vencimiento de cada cuota).
Cabe aclarar que, para que el usuario internalice y se acostumbre a la nueva modalidad, Enersa decidió realizar estos cambios en forma paulatina. Por ello, se enviaron notas explicativas con la correspondiente factura de consumo durante los últimos tres bimestres.
Excepciones: existen casos excepcionales para los que Enersa seguirá emitiendo el aviso de suspensión.
Los principales son: 1ª factura luego de un alta o reconexión (en el caso de que alguna de las dos cuotas resultara impaga); 1ª factura luego de un cambio de titularidad (en el caso de que alguna de las dos cuotas resultara impaga); cuotas de facturas en débito automático que resulten impagas porque el banco rechaza el pago; si la cuota 2 ha sido abonada y permanece impaga la cuota 1.
Esta modalidad se realiza conforme al nuevo contrato de concesión vigente y para dar cumplimiento al reglamento.