La “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres” tiene un objetivo concreto: erradicar las distintas formas de violencia y discriminación hacia la mujer.
Se trata de la Ley Nacional Nº 26.485, que rige en la Nación, aunque ahora la Provincia oficializó su adhesión a través de la Ley Nº 10.058, publicada el martes 1º en el Boletín Oficial.
Incorpora formas de violencia indirecta, como cuando no se le permite decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva, dentro del matrimonio o en otras relaciones, exista o no convivencia. Y este es un aspecto clave: la legislación provincial sólo consideraba las formas de violencia que ocurrían dentro del grupo familiar, y no en otras relaciones de parentesco, o en el noviazgo.
Y plantea varios tipos de violencia: la doméstica, la que es ejercida por algún integrante del grupo familiar, “independientemente del espacio físico donde ésta ocurra”. La ley define grupo familiar al originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos, vigentes o finalizadas.
También la violencia institucional, ejercida por agentes de distintos organismos públicos que apunten a “retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas” y les impidan ejercer sus derechos. Además, la violencia laboral; la violencia contra la libertad reproductiva, y se les impida “decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos”; la violencia obstétrica, ejercida por personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres; y la violencia mediática, “aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres”.
Silvia Montaño, de Red Alerta, dice que la adhesión de la provincia a la legislación nacional otorga otro escenario a la problemática de la violencia doméstica. “Esta ley mejora la ley provincial. La ley provincial aborda sólo la violencia intrafamiliar, dentro del vínculo del hogar. Y cuando la violencia o abuso es ejercido por parientes cercanos, no la alcanza. Una chica que sufre violencia de parte de su novio, por ejemplo, queda ahora alcanzada por esta ley”, explica.
No obstante, señala las deficiencias que todavía existen en este terreno en la provincia –“la adhesión salió bajo presión”, define—y sostiene que “la temática de la violencia contra las mujeres no está siendo abordada correctamente, ni tampoco hay acciones de prevención. Lo que se ve en la mayoría de los casos graves, que terminan en feminicidios, es que previamente hubo denuncias”.
En opinión de Montaño, las intervenciones, ya sea de organismos públicos o de la Justicia, no son satisfactorias ni eficientes. “En la agenda de la Justicia, la violencia hacia a la mujer no tiene grado de importancia. No se le da la importancia que realmente tiene. Y por lo tanto, las mujeres deambulan, y no reciben la protección y la contención que requieren. Encima, las herramientas legales están, sólo que hace falta que se actúe como corresponde”, apunta.
Lucía Grimalt, ex legisladora provincial, integrante del Foro por los Derechos de la Mujer, admite que el de la violencia doméstica hacia las mujeres es un terreno difícil. “Estamos ante una problemática que no es de fácil solución. La misma mujer tiene que salir de esa situación, para poder despegarse, y efectuar la denuncia del hecho, porque hay un avance en la policía, que ahora toma las denuncias, algo que antes no hacía”, afirma, y aclara: denuncia, no exposición.
La adhesión de Entre Ríos al esquema legal nacional, puntualiza, “amplía las herramientas del Estado para proteger a las mujeres en situación de violencia. Sabemos que la mayoría de las situaciones de violencia se dan hacia el interior del hogar, pero también esta ley contempla otras formas de violencias, como la que se da en el ámbito laboral, institucional, cuando te niegan algún derecho, la violencia mediática, la libertad reproductiva, o la violencia obstétrica, cuando maltratan a las mujeres en el momento del parto. Es necesario remover estos dispositivos culturales en relación a los varones”.
El nuevo escenario que ahora asoma, dirá Grimalt, supone que el Estado “esté mucho más involucrado en el abordaje de esta problemática, con muchos más recursos, no sólo de tipo económico, sino también humanos. En los últimos diez años, lo que observamos es un avance en conciencia, en el hecho de que este un tema social, que no es una cuestión privada, y que la manera de abordarlo y poder solucionarlo, sí o sí debe hacerse desde el Estado. Las ONG pueden trabajar en la prevención, pero si el Estado no hace la asistencia, o la protección desde el punto de vista legal, muy poco se puede hacer desde otros ámbitos”.
Estadística fatal
En 2008 se registraron 13 feminicidios en Entre Ríos.
En 2009, 6.
En 2010, el número trepó casi al doble, y llegó a 11.
En 2011, con el asesinato, el 4 de diciembre, de Valeria Agustina Carrizo de 6 años, y su madre, Gisela Sofía Lanieri –hecho por el cual la Justicia busca dar con el paradero de Carlos Carrizo, padre de la niña—la cifra de feminicidios fue de 7 casos.
El feminicidio se define como el asesinato de mujeres por razones asociadas con su género, y es la forma más extrema que adopta la violencia de género, entendida ésta como la violencia ejercida por los hombres contra las mujeres en su deseo de obtener poder, dominación o control.