29 de noviembre de 2012 |
Régimen de empleadas domésticas |
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La Cámara alta aprobó los cambios
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El Senado de la Nación aprobó hoy por unanimidad, y con modificaciones, un proyecto de ley que crea un régimen especial para los trabajadores de casas particulares, por lo que el proyecto volverá a Diputados para su sanción definitiva. Con la iniciativa se reconocen derechos y beneficios amparados por la ley 20.744 (Ley de contrato de trabajo). La votación en general del texto fue unánime, con 65 adhesiones.
Al respecto, el ministro de Trabajo, Guillermo Smaldone destacó que "nuevamente en estos últimos 10 años se ha avanzado en la consagración de derechos para todos los argentinos. Desde 2003 que el Estado no para de trabajar por la inclusión y justicia social, trabajando en la ampliación de derechos para los trabajadores”.
Luego explicó: "Con estos avances logrados se le reconoce al personal doméstico derechos y beneficios del resto de los trabajadores amparados por la ley 20.744 (Ley de contrato de trabajo) que no tenía este sector hasta el momento, tales como límites de horarios de jornadas, vacaciones, licencias por maternidad, aguinaldos e indemnización por despidos, entre otros".
Además, el Ministro explicó que "los jóvenes de entre 16 y 17 años realizarán jornadas de seis horas diarias y 36 semanales, mientras que el trabajo quedará prohibido para menores de 16. Para los adolescentes que trabajen, los empleadores estarán obligados a garantizar la terminalidad educativa".
Finalmente dijo que "si bien es una lástima que en algunos incisos de ciertos artículos no se haya alcanzado los dos tercios que son requeridos por nuestra Constitución Nacional, es un gran avance ya que, entre otras cosas, se ha fijado la licencia por maternidad, derecho que las mujeres trabajadoras de este sector no tenían. Seguiremos trabajando en pos de seguir ampliando los derechos de este sector".
Detalles del Proyecto de Ley
El proyecto estipula una jornada de trabajo que no puede pasar las ocho horas diarias o 48 semanales.
Si el empleador se excediera, deberá pagar horas extras.
Además, existe la obligación por parte del empleador de contratar a favor del personal un seguro por riesgos de trabajo.
El reposo nocturno de los trabajadores de casas particulares debe ser, como mínimo, de nueve horas consecutivas, mientras que se impone otro descanso de tres horas al mediodía, que incluye el horario del almuerzo.
Asimismo, el descanso semanal será de, al menos, 35 horas, en tanto que el sábado, el final de la jornada será a las 13, mientras que el domingo no es laborable.
La nueva ley también estipula vacaciones a partir de los 6 meses de antigüedad, de 14 días corridos; 21 días después de los 5 años, 28 después de los 10 años y 35 después de los 20 años de trabajo.
Además, para el personal sin retiro y durante el período de vacaciones, las prestaciones de habitación y manutención a cargo del empleador deben ser pagadas en, por lo menos, un 30 por ciento del salario diario percibido por la empleada.
En otro aspecto, se prohíbe el trabajo doméstico a menores de 16 años.
En este punto, el Senado le agregó algunos beneficios al proyecto aprobado por Diputados. Entre otras cosas, se establece una jornada máxima para los menores de entre 16 y 17 años de seis horas diarias y 36 semanales.
El régimen prohíbe en ese sentido que los menores de 18 años trabajen en el sistema con cama. Además establece que, para trabajar, deben también estudiar.
La intención, de acuerdo con lo que explicó la presidenta de la Comisión de Trabajo de la Cámara alta, Ana María Corradi de Beltrán, es darle al empleador la obligación de garantizar la terminalidad educativa para los menores.
En cuanto al despido sin causa, rigen las mismas normas de la Ley de Contrato de Trabajo, o sea un sueldo por año trabajado.
Se otorga también una licencia por maternidad de tres meses y una licencia paga por enfermedad de hasta seis meses.
Se abrirá un registro que será responsabilidad no solo del Ministerio de Trabajo, sino de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Asimismo, la remuneración, que incluirá al aguinaldo, será fijada por la Comisión Nacional del Trabajo de Casas Particulares integrada por representantes de los Ministerios de Trabajo, de Desarrollo y de Economía, así como por representantes de los trabajadores.
El proyecto aprobado por el Senado reinstala el consejo para la negociación, los tribunales para dirimir conflictos y elimina la obligación de la negociación colectiva y paritaria a los 90 días.
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