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27 de noviembre de 2019
SUBE EN MÍNIMO IMPONIBLE PARA GANANCIAS,
La AFIP dice que deberá restarse el plus del 20% que se aplicó este año después de las PASO. La actualización, sin descuento, sería del 45%.

La suba del 20% del mínimo no imponible para los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que tienen otros ingresos que se efectivizó tras las PASO sólo se aplicará para 2019.

Para 2020 no se lo considerará para el cálculo del nuevo mínimo no imponible de Ganancias. Por lo tanto, habrá un fuerte incremento del peso de ese impuesto con relación al de este año para los 2 millones de contribuyentes alcanzados por Ganancias.

Se estima que para 2020, el ajuste del mínimo no imponible será del orden del 45% por ciento.

El interrogante era si desde enero de 2020 comenzaría a regir por completo la suba de ese 45% o si a ese aumento del mínimo no imponible de Ganancias habría que descontarle el 20% de suba que se aplicó este año por encima de lo que estipulaba la ley.

Desde la AFIP señalaron que ese 20% solo se aplica durante 2019 y que no se lo considera para la actualización del valor de 2020. Así, el año próximo los solteros sin hijos pagarán Ganancias si ganan en mano más de 55.536 pesos.

Si el cálculo se aplicara incluyendo el 20% de 2019, deberían pagar sólo los solteros que ganen más de 66.643 pesos mensuales.

Desde el organismo de recaudación indicaron que el incremento del 20% fue un paliativo sólo para 2019 y que, como el resto de las medidas tomadas por Mauricio Macri tras la derrota en las PASO, se aplicaron por “única vez” con el objetivo de mejorar la perfomance oficialista en las elecciones generales.

Por ende, ahora se vuelve a la situación anterior y en el caso de Ganancias el ajuste del mínimo no imponible se realizará según la evolución del RIPTE (índice de salarios formales) sobre la base del mínimo de 2019, sin el 20 por ciento.

De ese modo, en 2019 el mínimo no imponible de Ganancias arrancó en $38.301 en mano para los trabajadores solteros sin hijos y de $50.668 en mano para los trabajadores casados con dos hijos menores de edad. Con el incremento del 20% en el piso tras las PASO, el mínimo pasó para los solteros a $45.961 y a $58.328 para los casados con 2 hijos.

En 2020, el aumento del mínimo no imponible, que se calcula será del orden del 45%, se aplicará sobre los $38.301, y no sobre los $45.961. Así, el nuevo mínimo no imponible para los solteros sin hijos será del orden de los $55.536 y no de $66.643. En consecuencia, los trabajadores en relación de dependencia pagarán el año próximo una mayor proporción de Ganancias en relación a los que finalmente pagaron en 2019.



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