PROYECTO AL CONGRESO
Modificación del Código Civil
Uno de los puntos más relevantes es que declara “incausado” el divorcio, lo que quiere decir que ya no habrá que discutir ante el juez los motivos de una separación. La voluntad de al menos uno de los miembros de la pareja alcanzará para terminar el vínculo.
En cuanto al casamiento, se podrá optar por el régimen actual o por uno nuevo, que contempla los contratos prenupciales. Esto puede significar que lo que cada cónyuge gana durante el matrimonio es suyo y no lo participa.
También se avanzará en la regulación de la filiación en casos que son producto de técnicas de reproducción: se fijará por la voluntad de la pareja y no por el dato genético.
El proyecto no avanza en el debate por los embriones aún no implantados.
Herencia
En cuanto a las sucesiones, se mantiene el régimen actual aunque flexibilizado. La porción de la herencia de la que se puede disponer libremente –es decir, la porción de la herencia que se puede dejar en un testamento, que no corresponde a los herederos llamados “forzosos”, como esposos e hijos– aumenta de un quinto de los bienes a un tercio.
También hay avances que buscan fortalecer la protección de la vivienda familiar. Se apunta a que no queden personas desprotegidas cuando una pareja se termina.
Adopción
El anteproyecto también establece modificaciones relevantes en el régimen de adopción, que apuntan a simplificarlo pero sin disminuir las condiciones que deben cumplir quienes quieran adoptar.
Por ejemplo, se podrá declarar en “situación de adaptabilidad” a un menor si continúa en situación de desamparo después de seis meses de trabajo y apoyo social a su familia biológica. Ese plazo podría ser prorrogado por otros seis meses.