En Villaguay, no usar casco tiene castigo mínimo de 1.200 pesos
Multas más caras
Más allá de los cruces verbales entre oficialismo y oposición, luego de una reunión conjunta para avanzar en la materia, lo cierto es que se dispuso un endurecimiento de las medidas, controles y fundamentalmente, de las sanciones ante las infracciones.
Pese al receso de sesiones que rige en todos los Concejo Deliberante de la provincia hasta el 1 de marzo, el cuerpo deliberativo de esa localidad trató la semana pasada un proyecto de ordenanza que remitió el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) que dispuso el encarecimiento de las multas, que además no podrán abonarse en cuotas, a partir de la derogación de la Ordenanza Nº 1118, que posibilitaba esa modalidad.
Villaguay ostentaba sanciones superiores a otras localidades. Por caso, en Paraná la multa por no usar casco era de 150 pesos, mientras en La Ciudad de Encuentros era de 500 pesos.
Los valores, con los cambios introducidos en el Concejo Deliberante, casi se triplicaron. Por ejemplo, los motociclistas que no usen casco deberán abonar al menos 1.200 pesos –si no es reincidente– circular en contramano puede costar desde 1.500 pesos y transitar a más de 80 kilómetros por hora, 4.000 pesos. En estos casos, se trata cuando el infractor concurre voluntariamente y abona en el Juzgado de Faltas.
A los nuevos valores se llegó luego de incrementar las Unidades Fijas (UF) que corresponden a cada infracción, aunque ya en diciembre, al aprobarse la ordenanza tributaria, se había elevado el valor de la UF de 3,50 a 4 pesos.
El tratamiento sobre tablas y su aprobación en forma unánime contempla mayores requisitos a la hora del retiro de vehículos retenidos por infracciones.
Ello se podrá hacer solo en días y horas hábiles por el titular registral o titular de tarjeta azul del mismo vehículo, con licencia habilitante, constancia de la contratación del seguro obligatorio y comprobante de pago, y tras haber abonado la multa correspondiente a la infracción cometida más los gastos que demandó el traslado del vehículo retenido hasta el lugar de depósito y el canon –40 pesos por día– por su permanencia en el depósito.
A la par de ello se fijó una norma complementaria que prohíbe el estacionamiento de camiones, ómnibus, máquinas agrícolas o viales y cualquier otro vehículo categorizado como de tránsito pesado, en un amplio radio urbano de la ciudad.
En tanto, fue derivado a comisión del Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza que dispone autorizar a las estaciones de servicios, la prohibición de venta y/o expendio de combustible a los motociclistas, conductores y acompañantes que al momento de cargar o abastecerse del mismo, lo hagan sin utilizar el casco reglamentario obligatorio por la Ley Nacional Nº 24.449.
Con esta decisión en la materia instalada como política de Estado entre oficialismo y oposición, se plantean una serie de medidas ejemplificadoras y ordenadores del tránsito.
Para su éxito, resta ahora la imprescindible tarea de contralor en la vía pública por parte de la Municipalidad, para aquellos que persistan en sus conductas contrarias a las normativas vigentes.