TARIFAZO ELECTRICO QUEDO FIRME EN ENTRE RIOS.
FALLO CORTE SUPREMA.
Luego de que surjan 15 amparos en el marco del tarifazo eléctrico en el ámbito provincial, el Superior Tribunal de Justicia falló a favor de la posición del gobierno y se sostuvo el aumento del 137 por ciento decretado durante el período diciembre-febrero. De esta manera el tarifazo del gobierno provincial quedó firme sin posibilidad de recurrir a otros ámbitos judiciales. Uno de los vocales del STJ, Carlos Chiara Díaz tomó las palabras del procurador General, Jorge García, en cuanto a la “extemporaneidad” del recurso de amparo “respecto de las cuestionadas resoluciones del EPRE, publicadas en el Boletín Oficial de los meses de enero y febrero de 2016 y que impactaron en las facturas recibidas en los meses de marzo y abril, deviniendo palmariamente fuera del término de caducidad la presentación realizada en el mes de junio del año en curso”.La Justicia de Entre Ríos cerró el camino judicial para reclamar contra el tarifazo de la luz, y de ese modo otorgó razón a la postura de la administración del gobernador Gustavo Bordet de sostener el aumento del 137 por ciento aplicado entre diciembre de 2015 y febrero de este año.
En los Tribunales se presentaron 15 amparos contra la tarifa eléctrica, de los cuales sólo 3 fueron rechazados. El resto, tuvo sentencia favorable, y uno a uno fueron llegando en apelación ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ). El máximo organismo judicial, con un tribunal de feria, rechazó las dos primeras demandas, según publicó Entre Ríos Ahora.
Se trata de los planteos de Bioder SA, una planta productora de carne porcina ubicada en Viale, que accionó contra la Cooperativa Eléctrica Quebracho Limitada y el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), y que había tenido fallo favorable en primera instancia, dictada por el camarista Marcelo Baridón.
El otro, corresponde a Estación de Servicios Laurencena SRL, con sentencia a favor en primera instancia, emitida por la camarista Gisela Schumacher.
Los dos reprochaban al EPRE no haber convocado a audiencia pública antes de haber aplicado las subas tarifarias, tal como ordena la Ley de Marco Regulatorio Eléctrico.
El tribunal de feria, compuesto por los vocales Carlos Chiara Díaz, Bernardo Salduna y Emilio Castrillón, rechazó los amparos.
En su voto, Chiara Díaz hizo suya la postura del procurador Jorge García en cuanto a la “extemporaneidad” del recurso de amparo “respecto de las cuestionadas resoluciones del EPRE, publicadas en el Boletín Oficial de los meses de enero y febrero de 2016 y que impactaron en las facturas recibidas en los meses de marzo y abril, deviniendo palmariamente fuera del término de caducidad la presentación realizada en el mes de junio del año en curso”.
Esa extemporaneidad en la causa Bioder SA, señaló el vocal del STJ fue “indebidamente soslayado por el sentenciante de grado al considerar”, dictado por Baridón.
Pero además, el STJ refrendó que el amparo “no es la vía” para reclamar por la tarifa eléctrica, tal como quedó establecido en la causa “Budasoff”.
A tal efecto, el fallo del máximo tribunal señala que “la presente no es tampoco la vía pertinente para resolver el planteo realizado dado que el mismo requiere una amplitud mayor de prueba y debate, como así también la posibilidad de llegar a oír a la autoridad nacional por la vía correspondiente al haber sido ella la que decidió sobre el aumento de las tarifas mayoristas o, como en el caso, la supresión de los subsidios otorgados”.
“En efecto, pueden seleccionarse otros procedimientos para obtener la tutela de los derechos por ambos demandados, a través de las distintas vías establecidas constitucional y legalmente para éste tipo de reclamos relacionados con las prestación de servicios públicos, los que se canalizan a través de los organismos previstos para la Defensa del Consumidor o el ámbito contencioso administrativa”, señaló en su fallo Chiara Díaz.
Así, el tarifazo quedó firme, y sin chances de discusión judicial.