En la última sesión del año y de manera unánime el Concejo Deliberante de Larroque resolvió modificar el artículo 2º de la Ordenanza Nº 355/04, prohibiendo la pulverización con productos agroquímicos como fungicidas e insecticidas sobre los cultivos que se encuentran contemplados en el artículo 1º a una distancia de 500 metros (quinientos metros) de la planta urbana.
La norma, que estaba vigente desde 2004, prohibía fumigar en un radio de 100 metros de la planta urbana. Esto había generado numerosas denuncias por parte de un vecino de la ciudad que se veía afectado por reiteradas fumigaciones cercanas a su vivienda. A raíz de las denuncias tomó intervención el doctor Eduardo García Jurado a cargo del Juzgado de Instrucción N 1 de Gualeguaychú quien convocó a una audiencia entre las partes involucradas el 30 de mayo pasado. En la oportunidad el Ejecutivo Municipal, representado por el secretario de Gobierno Leonardo Hassell, se comprometió enviar al Concejo Deliberante una nota solicitado la modificación y ampliación de la ordenanza vigente.
El Ejecutivo Municipal de Larroque remitió en el mes de mayo al Concejo Deliberante una nota solicitándole la modificación y ampliación de la Ordenanza en cuestión, cosa que el cuerpo deliberativo sancionó por unanimidad.