26 de septiembre de 2012 |
JUBILADOS. |
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LEY DE INEMBARGABILIDAD.
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La ley Nº 10.162 modifica dos artículos de la ley Nº 9114. El artículo 1º –que modifica su análogo– dispone que “serán inembargables los beneficios de Jubilación y Pensión otorgados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, hasta un monto de mil quinientos pesos ($ 1.500)”.
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