25 de agosto de 2014 |
CONDENA A CAMIONERO. |
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CAMARA JUDICIAL DE CONCEPCION DEL URUGUAY.
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La Cámara de Casación de la provincia ratificó el 4 de agosto la condena a José Alberto Castro, conductor del camión que provocó el siniestro en el kilómetro 40 de la Autovía 14, ocurrido el 6 de septiembre de 2013, que originó la muerte de Pedro Ignacio Olloquiegui, Adriana Otero, Miguel Ignacio Olloquiegui y Juan Francisco Raffo. Cabe recordar que la jueza Mariela Rojas Di Pretoro, hoy vocal de Concepción del Uruguay, decidió el 3 de diciembre del año pasado y en base a lo expuesto en el juicio, aplicar a Castro una pena de tres años y dos meses de prisión efectiva por el delito de homicidio culposo doblemente calificado por la conducción antirreglamentaria de vehículo automotor y por ser más de una las víctimas fatales. Además lo inhabilitó para conducir por el tiempo de diez años. En los primeros minutos del 6 de septiembre, el camión que conducía Castro estaba atravesado en el kilómetro 40 de la autovía 14, lo que provocó que el Renault Megane en el que viajaban las cuatro víctimas impactara con la parte trasera del acoplado. El camionero salía de una gomería sobre el sentido de circulación de sur a norte, e intentó retomar su viaje hacia Buenos Aires atravesando la autovía por un cruce ilegal, en lugar de hacerlo por el retorno reglamentario. Por esta maniobra, Pedro Ignacio Olloquiegui, de 54 años, que conducía el automóvil Renault Megane, su pareja Adriana María Otero de 43 años, y el hijo del conductor, Miguel Ignacio Olloquiegui de 19 años, murieron de forma instantánea. Juan Francisco Raffo de 22 años, falleció el 9 de septiembre en el Hospital Centenario, a causa de las gravísimas lesiones que le provocó el impacto. La condena de la Cámara de Casación Raúl Jurado, que llevó adelante la querella en representación de la familia Raffo Olloquiegui, explicó que la defensa de Castro presentó un recurso ante la Cámara de Casación Penal de la provincia, con asiento en Paraná. “Este recurso antes recaía en el Superior Tribunal de Justicia, pero con la creación de la Cámara de Casación, el Tribunal envió la causa para que determinara. Y a ocho meses y un día del 3 de diciembre -el 4 de agosto pasado- la Cámara dictaminó bajar la pena de cuatro a tres años de prisión, manteniendo el cumplimiento efectivo y los diez años de inhabilitación que pedí”, señaló el abogado, marcando “esto es el agotamiento de nuestra Justicia provincial”. Por consiguiente, Castro deberá cumplir la condena que ha establecido la Cámara de Casación de Entre Ríos. En la entrevista, Jurado marcó “el camionero salía de un parador en la autovía y en lugar de ir hasta el retorno, intentó cruzar la ruta por el cantero central divisorio, pero se quedó trabado el camión, por la carga”, para agregar: “En principio, yo quería la calificación de dolo eventual, porque la representación de lo que podría ocurrir era evidente. Pero en nuestra provincia se inclinan por lo que se llama la “culpa consciente” y se lo juzgó por considerarlo responsable de homicidio culposo, agravado por haber sido en conducción antirreglamentaria y la pluralidad de víctimas”. Respecto de la celeridad del proceso, Jurado dijo, aludiendo a la sentencia dada el 3 de diciembre de 2013, “se debe a la vigencia de la reforma del Código Procesal Penal de la provincia, que otorga mayor dinamismo al Poder Judicial, con un nuevo sistema acusatorio. Es más rápido porque la persona sospechada es llamada a declarar en calidad de imputada. Se pide la elevación a juicio, se presentan las pruebas y el juez escucha en ese momento y determina”. Tras esto, lamentó que se mantengan los cruces ilegales, “porque no se ha puesto ningún elemento que impida que se sigan produciendo. Y es una autovía, por lo que se supone que no hay obstáculos o que los que podría haber, son los que van en idéntica dirección”. “Castro levantó un frontón atravesando su camión en la ruta”, consideró. “Estos siniestros continuarán porque no se toman medidas”, advirtió, para señalar al finalizar “las autoridades deberían dar las directivas a los concesionarios”.
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