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26 de septiembre de 2014
REFORMA TRIBUTARIA EN ENTRE RIOS-
SE APRUEBA EN EL SENADO.

El bloque oficialista de Senadores resolvió ayer adelantar la sesión especial que estaba prevista para el martes y, de ese modo, sancionar hoy en la reunión convocada para las 11 las reformas a la ley tributaria que eximen a la industria de ingresos brutos y reduce el aporte al fondo de asistencia social fijado por la ley 4035, que ayer recibieron media sanción en Diputado. En la Cámara Baja, el proyecto del Poder Ejecutivo que exime del tributo a la industria, el transporte y los sanatorios y clínicas fue aprobado con el voto del oficialismo y el acompañamiento de las bancadas de la Unión Cívica Radical (UCR) y del Frente Amplio Progresista, aunque estos pidieron que se le otorgue los mismos beneficios a la actividad agropecuaria. En cambio, el socialismo votó en contra. La sesión se desarrolló con algunas ausencias en el oficialismo, como las de Rosario Romero, Hugo Vásquez y Hernán Vittulo. El diputado Daniel Ruberto fue quien defendió la iniciativa al calificar como “positiva” la exención del impuesto al sector industrial, ya que “para que nuestra provincia crezca debemos seguir por este camino virtuoso, y continuar con el fortalecimiento del sector industrial”. Sostuvo que la reforma “va a beneficiar a un sector que genera mano de obra y valor agregado”.

Desde el bloque de la Unión Cívica Radical, el diputado Julián Rubio argumentó el voto positivo. “Acompañamos el proyecto pero queremos que se abarquen todos los sectores de la economía provincial”, manifestó.

Por su parte, la diputada María Emma Bargagna (FAP) resaltó que le parecía “correcto disminuir la carga patronal” de manera progresiva. Dijo estar de acuerdo con el esquema de reducción de impuestos pero pidió la inclusión del sector agropecuario. “No estamos de acuerdo con que se haya omitido el reclamo justo del sector agrícola, de producción primaria”, fundamentó.

Finalmente, el diputado Lisandro Viale (PS) fue el único que votó en contra “No acompañamos el impuestazo del diciembre y tampoco podemos acompañar la quita de impuesto ahora”, dijo.

El proyecto en su articulado establece las siguientes modificaciones:

-Aporte Patronal que integra el Fondo de Asistencia Social previsto por la Ley Nº 4035: una reducción gradual y progresiva de la alícuota en concepto que actualmente está fijada en el tres por ciento, devengado en concepto de remuneración al personal en relación de dependencia. La alícuota quedaría en el 2,5 por ciento a partir del 1 de octubre de 2014, en el 2 por ciento a partir del 1 de mayo de 2015, y el 1,5 por ciento a partir del 1 de octubre de 2015.

-Ingresos Brutos sobre las Actividades de Transporte Automotor de Cargas: establece una alícuota diferencial del 1,5 por ciento en el Impuesto a los Ingresos Brutos para la actividad de transporte de cargas y mudanzas, excepto encomiendas, transporte de documentos o valores, aplicable a los contribuyentes directos o que tributen de dicho impuesto bajo el régimen de Convenio Multilateral con jurisdicciónen Entre Ríos, siempre que la totalidad de los vehículos afectados a la actividad se encuentren radicados en la jurisdicción.

-Ingresos Brutos sobre Actividades de Clínicas y Sanatorios: incorpora como actividad específica los servicios relacionados con la salud humana, comprendiendo los servicios de internación, hospital de día, hospitalarios, atención ambulatoria, atención domiciliaria programada, odontológicos, diagnóstico, diagnóstico brindados por bioquímicos, tratamiento, emergencias y traslados. Se asigna una alícuota especial del 2,5 por ciento en el Impuesto a los Ingresos Brutos.

-Ingresos Brutos a las Actividades Industriales: dispone que a partir del 1 de octubre de 2014 los ingresos por ventas al por mayor, provenientes de la actividad industrial que se desarrollen en establecimientos radicados en la provincia, no se encuentren alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

-Impuesto Inmobiliario Urbano para Clínicas y Sanatorios: establece una exención parcial en el valor del impuesto inmobiliario urbano determinado para los inmuebles cuya titularidad sean de propiedad de empresas o entidades destinadas a la prestación de servicios de salud, beneficio que será de un 30 por ciento.



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