De acuerdo al cronograma difundido por el Ministerio del Interior de la Nación, este año habrá 15 feriados, dos feriados puente y 10 fines de semana largos, dos más que en 2014.
Habrá cuatro fines de semana súper largos debido a los feriados de Carnaval, los días 16 y 17 de febrero, que caerán lunes y martes respectivamente.
En marzo, el 24, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, incluye un puente turístico el lunes 23 mientras que la Semana Santa coincidirá con el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, por tanto el jueves 2 de abril estará pegado al Viernes Santo formando un fin de semana largo de cuatro días.
El último, incluirá un feriado puente turístico el lunes 7 de diciembre de celebración del Día de la Virgen, el 8 de diciembre.
Además, sólo uno de los feriados será trasladable: el Día de la Soberanía Nacional, celebrado el 20 de noviembre, caerá el lunes 23.
A continuación se detallan los feriados por mes:
- Enero: jueves 1, Año Nuevo.
- Febrero: lunes 16 y martes 17, por el Carnaval.
- Marzo: lunes 23, feriado puente; y martes 24, Día de la Memoria.
- Abril: jueves 2, Día del Veterano y Caídos en Malvinas; y viernes 3, Viernes Santo.
- Mayo: viernes 1, Día del Trabajador; y lunes 25, Día de la Revolución de Mayo.
- Junio: sábado 20, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
- Julio: jueves 9, Día de la Independencia.
- Agosto: lunes 17, Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
- Octubre: lunes 12, Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- Noviembre: lunes 23, Día de la Soberanía Nacional.
- Diciembre: lunes 7, feriado puente; y martes 8, Inmaculada Concepción y viernes 25, Navidad.
Por otra parte por Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio, los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
Además sólo los habitantes que profesen la religión judía, dispuesto por el Decreto 1584/2010, los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el 3 de abril a las 18.25 y finalizan el 5 de abril a las 19.25.
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el 9 de abril a las 18.20 y finalizan el 11 de abril a las 19.20.
Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el 13 de septiembre a las 18.20 horas y finalizan el 15 de septiembre a las 19.20 horas.
El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el 22 de septiembre a las 18.30 y finaliza el 23 de septiembre a las 19.30.