29 de octubre de 2015 |
LEY CONTRA DELITOS INTEGRIDAD SEXUAL. |
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PRESCRIPCION DE LA ACCION SUSPENDIDA HASTA QUE LA VICTIMA HAGA LA DENUNCIA.
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La ley plantea que el plazo de prescripción en los delitos contra la integridad sexual de menores y de trata estará suspendido hasta que la víctima haga la denuncia y recién a partir de ahí, comenzará a correr ese plazo. Se aclara en el texto, que en los casos en que la denuncia es realizada por un representante legal del menor, la prescripción comenzará a correr a partir de la ratificación de esa denuncia por parte de la víctima, luego de haber adquirido la mayoría de edad. La senadora nacional Sigrid Kunath (FpV-Entre Ríos) expresó su “enorme satisfacción, por aquellos cuyos derechos han sido vulnerados”, al destacar la sanción definitiva del proyecto de ley que modifica la prescripción de la acción penal de los delitos contra la integridad sexual de los menores.Además prevé la inhabilitación especial perpetua cuando el autor se hubiese valido de su empleo, cargo, profesión o derecho para cometer el hecho.
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