17 de marzo de 2017 |
LA ANMAT PROHIBIO DECENAS DE COSMETICOS. |
NOMINA DE PRODUCTOS.
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SALUD A través de la disposición 2506/207, la ANMAT prohibió la comercialización del producto "Miel Artesanal" de la marca El Pana. "No cumple la legislación alimentaria vigente, por ser un alimento falsificado", se lee en el considerando y explicitan que se trata de "un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio". La disposición 2505/2017, prohíbe el producto "Alimento a base de miel y jarabe de maíz", de la marca Las Marías. El número de RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) no corresponde a los vigentes, el envase declara en forma "incorrecta e incompleta" la información nutricional y emplea "vocablos e ilustraciones que inducen al error, equívoco, confusión o engaño al consumidor en relación con la verdadera naturaleza del producto". Con la disposición 2503/2017, se prohibieron cuatro productos y se instruyó un sumario sanitario a las dos empresas comercializadoras: HIGH CARE y DAMPHARMA. Son "productos ilegítimos que fueron comercializados por las empresas titulares, pero no fueron elaborados en los establecimiento declarados ante la autoridad sanitaria". Y eso tiene que ver con el Registro Nacional de Establecimientos de Productos Alimenticios (RNE). Los cuatro productos prohibidos de estas marcas "difieren en las características de rotulado respecto de las unidades legítimas y se desconoce quiénes son sus elaboradores y si han sido formulados de acuerdo a los lineamientos de la normativa vigente para productos cosméticos", agrega la disposición. Son los siguientes: HIGHCLOR – HIGH CARE, formulada en jabón líquido, por 250 ml, y de Industria Argentina, Jabón líquido antibacteriano con digluconato de Clorhexidina LOTE: 0390. Clorhexidina bucal sin sabor para realizar buches, de 250 ml, Leg: 2488, LOTE: 0998, VTO: 06/2018 DAMPHARMA "La salud en tus manos", Jabón líquido con Clorhexidina 4 High Care,de 250 ml e Industria Argentina, L: 6388 – V: 05/18 HIGH CARE ALCOHOL EN GEL 70 %, formulado con alcohol de cereal, por 250 ml y de Industria Argentina, Lote 2287 – vto: 10/2018. Retiraron de la venta un antiinflamatorio KLAPP A CLASICC HYDROGEL EYE PATCHES, 5 x 2 unidades, codificado con las siglas CH: 141113 KLAPP COSMETICS GmbH KLAPP-ALLE 1-5 DE-37235 Hessisch Lichtenau, de Industria Alemana. KLAPP A CLASICC HYDROGEL FACE MASK x 3 pieces, codificado con las siglas CH: 140416, KLAPP COSMETICS GmbH 37235. Durante una inspección el presidente de la empresa dijo que "los productos no cuentan con inscripción sanitaria y que fueron ingresadas al país por su cuenta aproximadamente 15 unidades de cada producto, obviando en consecuencia el trámite de autorización de importación por parte de esta ANMAT". La disposición 2501/17 ordenó instruir un sumario sanitario a la firma Raffinée, responsable del envasado y acondicionado de las presentaciones de decenas de productos cosméticos que "carecen de inscripción ante esta Administración Nacional, se desconoce quiénes fueron sus elaboradores o sus importadores, se desconocen los respectivos responsables de su comercialización y si fueron formulados con ingredientes y bajo concentraciones permitidas de acuerdo a los lineamientos de la normativa vigente al respecto". También se prohibieron los productos Bellsui 10 v, producidos en el país; Laureth Profesional Aceite para masajes NEUTRO y su Sedante Muscular, Extractos de Guarana, Cafeína y Alcanfor, a la vez que su Exfoliante corporal, Aloe Vera – Semillas de Frutos, los Extractos Bitaminicos y el Gel Post Depilatorio Descongestivo, al igual que su Manzanilla – Caléndula y Tilo, por 1000 g. Además, la prohibición alcanza a estos artículos de cuidado corporal y belleza de manos de LAURETH PROFESIONAL: La última disposición, la 2502/2017, fija la prohibición preventiva del uso y comercialización en todo el territorio nacional de todos los productos de la firma Amasutra, junto con la instrucción de un sumario sanitario a la empresa. Magdalena Ávalos, dueña de Amasutra, reconoció que "carece de la pertinente habilitación competente para realizar las actividades de elaboración, envasado y acondicionado de productos cosméticos ante esta Autoridad Sanitaria". Y hasta afirmó "que los productos no se encuentran inscriptos ante esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)".
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