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27 de septiembre de 2018
NACIÓN DA DE BAJA PENSIONES POR INCAPACIDAD.
RESOLUCIÓN PUBLICADA EN BOLETÍN OFICIAL.

El gobierno nacional, a través de la resolución 268/2018 de la Agencia Nacional de Discapacidad, dará de baja las pensiones por discapacidad a aquellas personas que tengan una incompatibilidad para recibir este beneficio. Por ese motivo, los beneficiarios deberán concurrir a la sede de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para realizar el reclamo correspondiente y así evitar inconvenientes con el cobro. La disposición señala que “se considera adecuado establecer un plazo de 10 días hábiles administrativos para que el administrado pueda ejercer su legítimo derecho de defensa y ofrecer la prueba de la que intentare valerse, así como también tomar vista de las actuaciones”.
La resolución publicada ayer en el Boletín Oficial de la Nación, señala que “mediante la Disposición Nº 217/2018 de esta Agencia Nacional de Discapacidad, se aprobó el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades con el Decreto Nº 432/97, de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez”.

La disposición también señala que “se considera adecuado establecer un plazo de 10 días hábiles administrativos para que el administrado pueda ejercer su legítimo derecho de defensa y ofrecer la prueba de la que intentare valerse, así como también tomar vista de las actuaciones”, publicó El Liberal.

Según se desprende del acto administrativo, la Agencia Nacional de Discapacidad aprobará un circuito para “la notificación de incompatibilidades, suspensión y caducidad de las pensiones no contributivas por invalidez". Todos aquellos que fueron notificados deberán concurrir a la Unidad de Atención Integral de la Anses más cercana a su domicilio.

Según el Decreto Nº 432/97 para cobrar una pensión por invalidez, el beneficiario tiene que "encontrarse incapacitado en forma total y permanente". Y se presume que la incapacidad es total cuando la invalidez produzca en la capacidad laboral una disminución del 76 por ciento o más. Además no debe "poseer bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia", entre otras situaciones consideras incompatibles con la pensión.



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