JUICIO.
MEDICO SE DESLIGA DE ACUSASIÓN.
Cinco años después de que una joven embarazada fuera contagiada de HIV tras realizarse una transfusión sanguínea en el Hospital San Roque de Paraná, la causa llegó a juicio oral y público con sólo dos acusados: el entonces jefe del área de Hemoterapia del nosocomio, Ricardo Alcain, y la bioquímica que analizó la sangre infectada y no la anotó como tal en la planilla correspondiente, Gabriela Coronel Campana.
La requisitoria fiscal indica que Alcain deberá responder por tres acusaciones: dos por Incumplimiento de los deberes de funcionario público, puesto que omitió notificar al donante que era portador del virus y tampoco alertó al receptor. Y en tercer lugar por el delito de Abandono de persona, ya que según el dictamen de Instrucción, el médico debería haber notificado a la madre que había dado a luz y estaba amamantando a su bebé. No obstante, dejó al nene a su suerte, ya que la víctima se enteró de su enfermedad producto de la casualidad. Por su parte, a Coronel Campana se la acusa de no haber registrado en el libro de donantes los resultados de los análisis de sangre practicados.
La donación de sangre se realizó el 27 de setiembre de 2006, luego se la envió (en una caja de telgopor con un motomandado) al Hospital San Martín, la transfusión y contagio a la madre fue el 8 de octubre siguiente, los profesionales del hospital se enteran de lo sucedido a fines de enero de 2007 y las víctimas varios meses después.
“Hemoterapia no existe”
En la primera jornada del juicio se tomó declaración indagatoria a los acusados, pero solo Alcain declaró por varias horas, mientras que la bioquímica eligió abstenerse. El médico rechazó los delitos que se le imputan, e inició su defensa afirmando que el contagio se trató del “hecho más tremendo de la medicina transfuncional, que es transfuncionar una enfermedad a un paciente, sin antecedentes en la provincia”.
Respecto del incumplimiento de sus deberes como funcionario público, Alcain dijo que nunca fue el jefe del servicio de Hemoterapia del Hospital San Roque, porque el mismo no existe legalmente, por lo tanto no puede ser el jefe de un servicio que nunca fue creado.El imputado contó que su cargo en el Ministerio de Salud es como médico adjunto del Hospital San Martín desde 1989, y presta sus servicios en el Hospital San Roque. Recordó cómo se fue formando desde aquella década el área de Hemoterapia, pero pese a los continuos pedidos a las autoridades nunca fue creado como Servicio, con la estructura y la autonomía que requiere.
La fiscal de Cámara, Cecilia Goyeneche, le exhibió y leyó el decreto del Gobierno que crea el Servicio de Hemoterapia y lo designa a Alcain como el encargado del mismo, y le preguntó por qué sostiene que el mismo nunca existió. Ante esto el médico afirmó que dicha resolución ministerial se realizó por una cuestión de cargos y salarial para quienes trabajaban en el área, pero nunca se implementó el servicio como tal, diferenciando las “funciones” que deberían tener, con las “tareas” que allí se realizan.
De este modo, Alcain buscó despegarse de la responsabilidad que le competería a su rol en dicha área del nosocomio, ya que si nunca fue designado como jefe del servicio de Hemoterapia, pese a haberse desempeñado muchos años como encargado, no se le podría atribuir la responsabilidad de lo que allí sucediera.
La llamada
El grave hecho se conoció a partir de un llamado telefónico proveniente de Córdoba. Una empresa de hemoderivados de esa provincia, con la cual Entre Ríos tiene un convenio de intercambio de sus productos por plasma sanguíneo de sus hospitales, alertó que al analizar nuevamente las muestras, detectaron que una de ellas estaba infectada. Esto sucedió a fines de enero de 2007, y en el San Roque chequearon las planillas pero en la misma muestra de sangre aparecía como “negativo”.
A Alcain se le atribuye el abandono de persona por no haber actuado con urgencia ante el conocimiento de lo sucedido, tras de este llamado desde la empresa cordobesa. El médico se defendió y dijo que ni bien se enteró, el 29 de enero fue al Hospital San Martín (“angustiado, nervioso y demandante”) y se lo comunicó al entonces jefe de Infectología, el doctor Cramer, quien debería haberse encargado de dar la terrible noticia a la víctima y al donante.
Por último, Alcain sostuvo que cada bioquímico es responsable de las muestras de sangre desde que se toman hasta que asienta el resultado y son enviadas al Hospital San Martín. En este caso, aseguró que fue Carlos Zanaschi, entonces director del programa Sangre Segura, quien firmó como bioquímico actuante de la donación.
Y para marcar algún tipo de responsabilidad, el médico resaltó que mientras la sangre estuvo en el San Martín, el laboratorio de Bioquímica debió haber hecho la repetición del estudio y enviarla al servicio de Infectología y no se hizo. “Si eso hubiera ocurrido, nada de lo que estamos padeciendo hoy hubiera pasado”.
Silencio
A su turno, Gabriela Coronel Campana decidió abstenerse de declarar y explicó al Tribunal los padecimientos psiquiátricos que sufre desde que comenzó el proceso judicial en el que fue responsabilizada por el contagio de HIV de la víctima.
Datos
El Tribunal de la Sala 1 de la Cámara del Crimen está integrado por Miguel Ángel Giorgio (presidente), José María Chemez y Hugo Perotti.
Por las partes acusatorias, la fiscal de Cámara es Cecilia Goyeneche, los querellantes Miguel Cullen y Miguel Retamoso, y por el Ministerio Pupilar Luis Pedemonte.
El defensor de Ricardo Alcain es Raúl Barrandeguy, y Gabriela Coronel Campana es defendida por Noemí Berros y Martín Uranga.
La madre infectada está bajo tratamiento médico, sin la enfermedad del sida, y su bebé ni su otro pequeño hijo que amamantó ni su marido fueron contagiados por el virus.