La AFIP controlará la compra de dólares que realicen los turistas argentinos que, en el marco de sus vacaciones, necesiten pagar con esa moneda las reservas de su alojamiento u otros gastos en el exterior.
La decisión oficial también involucra el alquiler de un auto o el abono de cualquier tipo de servicio en el país de destino, en un nuevo paso del Gobierno para mantener a raya el mercado de cambios.
Esta medida fue dispuesta el jueves último por el Banco Central: la autoridad monetaria estableció que "se requerirá previa validación en el programa de consulta de operaciones cambiarias implementado por la AFIP", cuando se quiera "cursar por el mercado local de cambios las ventas de moneda extranjera a clientes en concepto de turismo y viajes".
El mayor control está dirigido básicamente a entidades financieras y casas de cambio, aunque contempla tres excepciones: para los bancos, por las transferencias al exterior que deben hacer para pagar los consumos realizados por los argentinos con tarjetas de crédito en el lugar de destino, y por retiros de cajeros en el exterior con débito a cuentas locales.
También, para las ventas de dólares a los "no residentes" y para los "operadores de turismo y viajes que están registrados como tales ante la AFIP".
Una resolución del Banco Central -la "A" 5261- aclaró que los argentinos que viajen al exterior para pasar unos días de vacaciones podrán utilizar sin restricciones sus tarjetas de crédito o débito, es decir, no necesitarán una autorización previa de la AFIP para esa operatoria con divisas.
Cuando el Ejecutivo decidió aplicarle un cepo al dólar a comienzos de noviembre pasado, para mantener anclada a la divisa estadounidense, se había generado cierta preocupación en el sector
turístico y sobre todo en aquellos que planeaban viajar al exterior para disfrutar de un período de descanso, dada la proximidad de la temporada de verano.
Sin embargo, el Banco Central aclaró que la validación de la AFIP que se necesita en el país para la compraventa de dólares no será requisito cuando la operación corresponda a "transferencias al exterior".
Claro que estas operaciones deberán corresponder al "pago de los consumos realizados con el uso de tarjetas de crédito y los retiros efectuados de cajeros en el exterior con débito a cuentas locales", con un tope estimado en 300 dólares por día, que es el monto que permiten la mayoría de los bancos.