14 de septiembre de 2012 |
SANTA FE |
INSCRIPCION DE CHICOS PAREJAS DEL MISMO SEXO.
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Santa Fe será la primera provincia del país donde las parejas del mismo sexo podrán inscribir a sus hijos en el Registro Civil con independencia de si están casadas o no. La medida, firmada anteayer por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Lewis, suprimirá de los documentos oficiales cualquier referencia que distinga entre progenitores del mismo o de distinto sexo y que pueda atentar contra el principio de igualdad. La medida fue celebrada por el titular de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, Esteban Paulón, quien recordó que tanto esa entidad como la Asociación Civil Vox "militaron" a favor del cambio, que convierte a Santa Fe en la primera provincia en reconocer administrativamente ese derecho. En la ciudad de Buenos Aires, la otra jurisdicción con algún avance en la materia, para que el Registro inscriba a los hijos de personas del mismo sexo no casadas "hay que pasar antes por una homologación judicial". Un paso que se logró por una sentencia favorable frente a un amparo colectivo que reclamaba el reconocimiento de la comaternidad. Ahora, en Santa Fe, el ministro Lewis instruyó a la Dirección del Registro Civil para que admita e inscriba a todos los niños cuyos progenitores y progenitoras sean del mismo sexo, en el marco de la ley Nº 26.618 de matrimonio igualitario pero con prescindencia de su estado civil. La resolución (con fecha de anteayer) recomienda al Registro "que suprima de los formularios, inscripciones, partidas y demás documentos oficiales toda referencia que pueda resultar una distinción entre solicitantes del mismo o diverso sexo, generando procesos de identificación y discriminación contrarios al principio de igualdad". La normativa surgió a partir de un dictamen de la Secretaría de Derechos Humanos y con la participación de la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes de la provincia, que tiene como función velar por la protección y promoción de los derechos consagrados en la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño, las leyes nacionales y provinciales y el resto de los ordenamientos jurídicos. En sus fundamentos, la resolución afirma que, "atendiendo al espíritu de la ley de matrimonio igualitario, los tratados de derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación, corresponde equiparar plenamente los derechos de niños y niñas, a fin de que reciban igual reconocimiento y protección por el Estado, con independencia del estado civil de sus madres y padres, así como el sexo de los mismos". Respeto El planteo reconoce que es "deber del Estado" atender el "interés superior" de los chicos, lo que incluye "el respeto a su identidad (...), a su familia y a su forma de vida". La norma también reafirma que "la inscripción de copaternidad o comaternidad igualitaria, basada en la voluntad procreacional y el amor filial", implica aplicar la Constitución y los tratados de derechos humanos "para recrear la fuente de filiación del derecho argentino garantizando la no discriminación, la protección integral de las familias y el interés superior de niñas y niños". Al respecto Paulón señaló que la inscripción de la copaternidad es por ahora un avance "en abstracto", hasta que se regule en el país la subrogación de vientres.
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