15 de agosto de 2019 |
PERPETUA PARA NAHIR GALARZA. |
CÁMARA NO HIZO LUGAR A LA APELACIÓN.
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Los magistrados Silvina Gallo, Darío Perroud y Aníbal Lafourcade decidieron al mediodía, por unanimidad, confirmar la sentencia impuesta en primera instancia a la joven de 20 años, quien no concurrió a la audiencia y optó por permanecer en la Unidad Penal 6 Concepción Arenal, de Paraná, donde está detenida.
Según el fallo de 44 páginas al que accedió Télam, la Cámara sostuvo que la sentencia “ha sido absolutamente clara en establecer que entre imputada (Galarza) y víctima (Pastorizzo) existía una relación de pareja en los términos de la ley penal”.
“Como fue señalado, la evidencia permite sostener acabadamente que Fernando y Nahir habían mantenido una relación de corte sentimental durante varios años, vínculo que tuvo interrupciones temporales pero que se pudo mantener largamente hasta escasos días antes del crimen”, señalaron los jueces en la resolución.
El juez Perroud destacó en su voto -al que luego adhirieron sus dos colegas-, que este caso “deja un triste saldo: la prematura muerte de un joven y el largo encierro de otra, pero en función de la prueba producida, confirmada la responsabilidad penal de la encartada, rechazados los agravios expuestos por la defensa y evaluada que fuera la constitucionalidad de normas aplicables” es “propicio el rechazo íntegro del Recurso de Casación interpuesto por la Defensa”. En tanto, el fallo de este miércoles de la Cámara aún puede ser apelada por la defensa de la joven ante el Tribunal Superior de Justicia entrerriano.
El crimen de Pastorizzo (20) ocurrió entre las 5.10 y 5.15 del viernes 29 de diciembre de 2017, cuando el joven fue encontrado en una calle de Gualeguaychú con un tiro en la espalda y otro en el pecho, junto a su moto y dos cascos tirados en el suelo.
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