5 de marzo de 2020 |
NAHIR GALARZA RATIFICAN LA CONDENA PERPETUA. |
La resolución fue dictada por el Tribunal integrado por los vocales Miguel Ángel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak.-
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La Sala N° 1 resolvió no hacer lugar a la impugnación extraordinaria presentada por el abogado José Esteban Ostolaza, en la causa caratulada "homicidio calificado por ser una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja". La resolución fue dictada por el Tribunal integrado por los vocales Miguel Ángel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak. El veredicto se dio a conocer este miércoles tras una audiencia de la que participaron el fiscal coordinador de la jurisdicción de Gualeguaychú, Lisandro Beherán, y los abogados Juan Peragallo y Sebastián Arrechea, en representación de los padres de Fernando Pastorizzo. Los fundamentos del nuevo fallo serán dados a conocer el próximo lunes 6 de abril. El crimen ocurrió el 29 de diciembre de 2017 alrededor de las 5:00 cuando Pastorizzo, de 20 años, accedió a llevar a la joven a su casa en su moto. Según la Justicia, Nahir Galarza tomó el arma reglamentaria de su padre, un policía en actividad, y ejecutó a su novio de dos disparos por la espalda. En un primer momento, la chica admitió su responsabilidad en el crimen, aunque en una declaración posterior dijo que había sido la víctima quien había tomado el arma y que le terminó disparando en medio de un forcejeo en forma accidental, aunque esa versión no fue creída por los jueces. El 3 de julio de 2018 Nahir Galarza fue considerada por unanimidad culpable del delito de "homicidio agravado por el vínculo de pareja" y condenada a prisión perpetua.
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