Rechazo por parte de la sala penal del Tribunal de Justicia.
A raíz de una muerte ocurrida en Concepción del Uruguay.
Finalmente, luego de la condena que recibió por el crimen de un joven en Concepción del Uruguay, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de Casación interpuesto por el defensor de Juan Ramón González, alias Juan El Bueno, y le confirmó la condena a ocho años de prisión por el delito de homicidio de Julio Figueroa, de 21 años
.El hecho tuvo lugar en horas de la madrugada del 19 de julio de 2008, cuando González peleara con Figueroa, aparentemente con la participación de otras personas, lesionándolo gravemente, lo que provocó serias consecuencias que luego lo llevaron a la muerte. Durante el juicio oral y público desarrollado en abril declararon dos testigos, uno de los cuales era amigo de la víctima, quien no aseguró en su declaración haber visto a González golpear a Figueroa en el cuerpo, pero sí lo hizo en la cabeza.Esto no hubiera llamado la atención en el caso de no ser por lo declarado por el segundo testigo, el doctor Antonio Occhi,médico forense de los Tribunales, quien destacó que el joven había ingresado con importantes golpes en la cabeza y otras zonas del cuerpo, pero su estado de coma fue mejorando con el correr de los días, por lo que los golpes en el cráneo pasaron a segundo plano, ya que se agravaron sus funciones respiratorias, que derivaron en la muerte. En la autopsia se constató que no existían hematomas en el cerebro, pero sí evidentes problemas pulmonares, por lo que se enviaron los órganos a examen anatomopatológico, que demostró que Figueroa falleció a raíz de una bronconeumonía bacteriana producida a partir de las lesiones sufridas en la zona torácica, lo que no hubiera ocurrido de no haber sufrido los golpes. Por esto, el defensor de González había solicitado la absolución, o una pena de tres a seis años, por el delito de Homicidio preterintencional. Por su parte, la Fiscalía solicitó 13 años de cárcel por Homicidio simple.