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14 de abril de 2014
DIPUTADA ROSARIO ROMERO.
PROPONEN MODIFICAR LEY DE AMPAROS.

Rosario Romero, diputada por el Frente Para La Victoria realizó un proyecto de modificación de la ley actual que regula los amparos. La ley 8369, más conocida como ‘Ley de Amparo’ busca ser actualizada a las actuales normas y nuevos institutos creadas desde la reforma a la constitución entrerriana de 2008. Como dato saliente e importante, es importante reforma en lo que respecta al amparo colectivo. En referencia a ello, la diputada sostuvo que “resulta una herramienta, con amplia legitimación para su ejercicio, que pretende protección de los derechos e intereses difusos o de incidencia o titularidad colectiva”. A través de un proyecto de ley que busque modificar la actual norma de Procedimientos Constitucionales de la provincia, conocida como Ley de Amparo N°8369, con el fin de adecuar la norma la actualidad. Romero, en diálogo con Aim explicó que “con dicho objetivo, se regulan y reglamentan el Amparo por Mora de la Administración, la Acción por Inconstitucionalidad por Omisión, el Amparo Colectivo y el Conflicto de Poderes, pero también se tratan aspectos que hacen a la legitimación para interponer dichas acciones, el dictado de medidas cautelares y los efectos derogatorios de la declaración de inconstitucionalidad de una norma”.

Según informó dicha agencia, con la reforma de la Constitución provincial se otorgaron no sólo las herramientas para que los particulares puedan ejercer sus derechos ante las arbitrariedades de los poderes públicos y privados, sino que también se amplió la legitimación para defenderlos, por ejemplo, aceptando el interés simple o “el mero interés en la legalidad” de cualquier ciudadano para denunciar una ley, acto o contrato que contraríe o menoscabe los derechos reconocidos por la Carta Magna. “A la vez, también se le reconoce dicha potestad al Defensor del Pueblo, figura también incorporada a la Constitución a partir de su reforma”.

Romero resaltó por otro lado que “también se regulan los aspectos atinentes al Amparo por Mora de la Administración, especificando los casos en que la misma se produce y los plazos con los que cuentan los afectados para interponer la acción respectiva. Asimismo, se establecen las formas en que se debe actuar frente a la omisión del Estado en reglamentar una norma o instituto creado y previsto por la Constitución Provincial, a la vez que reglamenta también el dictado de medidas cautelares por parte de los jueces, atendiendo a que las mismas tengan un plazo de duración razonable”.

Amparo colectivo

La diputada destacó como significativo lo que hace referencia al llamado Amparo Colectivo “dado que resulta una herramienta, con amplia legitimación para su ejercicio, que pretende protección de los derechos e intereses difusos o de incidencia o titularidad colectiva, como así también de los intereses homogéneos, contra cualquier decisión, acto, hecho u omisión de autoridad administrativa, legislativa o judicial en ejercicio de funciones administrativas, funcionario, corporación o empleado público provincial, municipal o comunal, o de un particular, sea persona física o ideal, que en forma manifiestamente ilegítima amenace, restrinja, altere, impida o lesione derechos o intereses difusos o de titularidad o incidencia colectiva de los habitantes, tales como la protección y preservación ambiental, del patrimonio histórico, urbanístico, arqueológico, paleontológico y cultural, los derechos del usuario y del consumidor, en casos de discriminación, o cuando se desconociera o violara de manera arbitraria el derecho de libre acceso a la información pública”.



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