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12 de junio de 2014
CASO ATER.
URRIBARRI INDICO A LA FIZCALIA PARA ACTUAR COMO QUERELLANTE.

El Gobierno de Entre Ríos puso a disposición del Ministerio Público Fiscal todos los elementos disponibles para contribuir en la acción penal y, a través de la Fiscalía de Estado, se presentó como querellante en la causa que se tramita ante el Juzgado de Instrucción N° 6 de Paraná, ante la denuncia judicial iniciada por la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), por la detección de irregularidades provenientes del mecanismo de compensaciones de contribuyentes.
La Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos se presentó en el Juzgado de Instrucción N° 6, a cargo de la Dra. Marina Barbagelata, como querellante en la causa “Casaretto Marcelo Pablo, director ejecutivo de ATER, su denuncia”; la determinación surgió a partir de la solicitud del propio gobernador Sergio Urribarri ante el Fiscal de Estado, para poner a disposición del Ministerio Público Fiscal todos los elementos disponibles para contribuir en la acción penal que lleva adelante la justicia.
 
En tal sentido el día 10 de junio el Dr. Julio Rodriguez Signes, en su carácter de Fiscal de Estado, solicitó a la jueza Marina Barbagelata lo constituya como querellante en la causa mencionada, ya que los hechos denunciados por el titular de ATER, podrían encuadrarse en el delito penal de fraude en perjuicio de la administración pública provincial, Art. 174 inc. 5) del Código Penal.
 
La acción del organismo provincial se enmarca en la decisión de ir a fondo con la investigación que permita determinar las responsabilidades, ante la posibilidad cierta de que se haya cometido un perjuicio a las arcas provinciales, por lo tanto la mejor forma de contribuir a la acción judicial es participar del proceso como querellante, poniendo a disposición todos los recursos que permitan un esclarecimiento de los hechos. Esta posibilidad se complementa con la constitución de la fiscalía como actor civil, en la búsqueda del resarcimiento económico ante las manifiestas irregularidades; tarea que emprenderá en paralelo con la acción del Tribunal de Cuentas.
 
Las compensaciones tributarias están regladas por el Art. 75 del Código Fiscal, dónde el proveedor del Estado acredita tenencia de créditos líquidos y exigibles ante un organismo, los que una vez aprobados por la Tesorería y la Contaduría General de la Provincia, se aprueban para su compensación por impuestos por medio de una resolución del Ministerio de Economía.
 
La justicia solicitó a la ATER la entrega de las terminales informáticas  de los agentes involucrados en la operatoria denunciada, como así también de sus legajos personales y convocó a cuatro miembros del organismo para prestar declaración testimonial durante esta semana. El período denunciado comienza el 1° de enero de 2012 llegando hasta el presente y el organismo remitió al juzgado el listado de casos de compensaciones que carecen de respaldo documental.


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