1 de agosto de 2014 |
LEY NACIONAL DE DIABETES. |
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SE PROMULGO LA LEY NACIONAL.
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El lunes 28 fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación la resolución Nº 1156/2014 del Ministerio de Salud que contiene la reglamentación de la ley de Diabetes Nº 26914, sancionada en noviembre del año pasado.
“Nos pone re contentos que se reglamente la ley, pero hay que ver ahora cómo se instrumenta”, dijo la presidenta de la Liga Entrerriana de Ayuda al Diabético (Leadi), Silvina Vismara, y consideró que la norma “incidirá en los altos costos de las obras sociales”.
El artículo 7º de la norma dice que obras sociales nacionales, prepagas y demás actores del Sistema Nacional de Seguro de Salud “deberán establecer los procedimientos administrativos necesarios a fin de garantizar la provisión de medicamentos e insumos” para los pacientes con esta afección.
“La idea sería que todo anduviese bien. Algunas obras sociales ya directamente estaban actuando con todo lo que la ley implicaba”, agregó Vismara tras recordar que la norma en cuestión es una “ampliación de la cobertura” que está establecida en la ley anterior Nº 23753. “Siempre le inculcamos a las personas que tienen que reclamar por sus derechos”, enfatizó la referente y recordó que Entre Ríos tiene pendiente la adhesión a la ley nacional. “La provincia se tiene que adherir. Pero hay que ver cómo se la adecua. Tendría que plantear modificaciones, pero eso depende de varios factores” adelantó la titular de la Liga entrerriana de Ayuda al Diabético.
En ese aspecto, mencionó la necesidad de incluir “educación diabetológica” y apuntó a las obras sociales, en tanto consideró que deberían “enseñarle a sus afiliados para prevenir la discapacidad que es lo que más gasto les va a insumir después”. La “prevención y la educación” de la diabetes también deberían estar presente en la educación escolar, acotó. Mientras tanto, por la adhesión entrerriana “no tuvimos ningún contacto” con los Diputados, dijo Vismara teniendo en cuenta que existe un proyecto presentado por el diputado Jorge Monge.
Algunos detalles
El decreto reglamentario consta de ocho artículos y dos anexos. El primer artículo crea el “Programa nacional de prevención y control de personas con diabetes mellitus” y el tercero aprueba las “Normas de provisión de medicamentos e insumos para personas con diabetes”. El artículo cuarto presenta el “modelo de certificado para la acreditación de las personas con diabetes” y el séptimo señala: “Las Obras Sociales Nacionales, las entidades de medicina prepaga y los demás actores del Sistema Nacional de Seguro de Salud deberán establecer los procedimientos administrativos necesarios a fin de garantizar la provisión de medicamentos e insumos”, los cuales están detallados en el Anexo II.
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