La victoriense es la primera persona trans de la provincia en recibir su partida de nacimiento con el nombre de mujer y logró la emisión de su partida de nacimiento con su nombre de género.
“Nací en un cuerpo equivocado, pero ahora estoy feliz, porque se me reconoció una lucha de muchos años”, dijo la joven de 27 años.
Desde la sanción de la ley de género, Karen es la primera entrerriana en lograr su partida de nacimiento con el nombre de mujer. “Es el primero por la aplicación de la ley”, reconoció la abogada Angelina Altinier, quien representó a la joven en la realización de los trámites que realizó ante el Registro Civil de la ciudad de Victoria.
“Existe en la provincia otro caso, pero esa persona lo consiguió por un fallo judicial”, dijo la letrada, en referencia al fallo favorable del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que obtuvo María Victoria Ántola, una joven paranaense, quién logró el año pasado que se le emita su partida de nacimiento y DNI con el nombre de mujer. Y, a principios de este mes obtuvo su título de Traductora Literaria y Técnica Científica en Inglés, carrera que cursó en el Instituto Superior de Profesorado N° 8, Almirante Guillermo Brown, en la ciudad de Santa Fe.
TESTIMONIO. Karen no ocultó su emoción al recibir los papeles, en la que figura el nombre que ella eligió: Karen Evangelina. “Estuve esperando mucho tiempo este momento. Tener mi DNI con mi nombre de género, es un paso más, una lucha más, a las tantas que seguramente vendrán”, dijo la joven.
La lucha a la que Karen hace referencia es por la constante discriminación que sufrió y sufre por su elección de vida. No sólo padeció el cuestionamiento de la mirada ajena en su adolescencia, que, incluso, le impidió continuar con sus estudios secundarios sino también en la actualidad.
“Unos días antes de la sanción de la ley de identidad de género, Karen me vino a ver para que la represente en dos denunciar por discriminación, porque en dos boliches bailables de la ciudad no la dejan entrar por ser trans”, relató a EL DIARIO la abogada.
Con la asesoría legal de Altinier, la joven victoriense ya tiene en su poder la partida de nacimiento, con la que podrá tramitar el nuevo Documento Nacional de Identidad. “Lo único que tengo para decir o aconsejar a las personas que están en esta situación, es que hagan el trámite, que es un cambio muy grande y se sentirán felices”, apunto.
En tanto para la letrada, el caso de Karen, que se convierte en el primero en la provincia, desde la puesta en vigencia de la ley de identidad de género (ver aparte), permitirá terminar con los actos discriminatorios, como el que padeció o padece su clienta.
“Hoy es el nuevo cumpleaños de Karen, es un volver a nacer para ella, porque se logró el cambio de identidad de género”, enfatizó la letrada.
Si bien se registraron pedidos de rectificación de sexo y nombre en las sedes del Registro Civil de Paraná, Gualeguaychú y Nogoyá, el caso de Karen es el primero en emitirse.
Uno de ellos, es el de una docente rural de la ciudad de Nogoyá, quien tramitó, en junio pasado, el reconocimiento de su identidad autopercibida. Se trata de Sylvina Buyutti, docente de Educación Especial, que dicta clases en una escuela rural de Islas de Ibicuy.
Elección de la identidad
La ley de identidad de género, que lleva el número 26.743, fue promulgada a través del decreto 773/2012, publicado en mayo pasado en el Boletín Oficial con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y el ministro del Interior, Florencio Randazzo. El texto entiende por identidad de género a “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”. “Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”, establece el artículo 2º de la ley. La legislación también indica que “toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida”. El cambio de rectificación registral de sexo y nombre lo pueden realizar personas mayores de 18 años, quienes se deben presentar en el Registro Nacional de las Personas y solicitar el cambio de la partida de nacimiento y la emisión de un nuevo DNI, conservándose el número original. En ese trámite, además, la persona deberá expresar el nuevo nombre de pila elegido con el que solicita inscribirse. La ley aclara que no será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico. En tanto con relación a las personas menores de 18 años, la solicitud del trámite deberá ser efectuada a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor. La rectificación registral no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral, ni las provenientes de las relaciones propias del derecho de familia que se mantendrán inmodificables, incluida la adopción. En todos los casos será relevante el número de DNI de la persona, por sobre el nombre de pila o apariencia morfológica. Una vez realizada, la rectificación registral sólo podrá ser nuevamente modificada con autorización judicial. Además, la ley establece que todos los mayores de 18 años podrán acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de autorización judicial o administrativa. En el caso de los menores, la operación sólo podrá hacerse con el aval de la Justicia, que deberá expedirse en un plazo de 60 días