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5 de octubre de 2016
ENTRE RIOS ADHIERE A LEY NACIONAL SALUD MENTAL.
MEDIA SANCION DEL SENADO.

Por unanimidad el Senado le dio sanción definitiva al proyecto de ley que promueve la adhesión plena a la Ley Nacional 26.657 de Salud Mental, como así también a su Decreto Reglamentario Nº 603/2013 (B.O. fecha 29 de mayo de 2013).
 
"Con esta media sanción, la provincia de Entre Ríos manifiesta explícitamente la voluntad política de aplicar la ley nacional de salud mental, continuar con el paradigma de derechos y con su perspectiva comunitaria que es la que propone la ley nacional", explica Soledad Escoubué, Lic. en Comunicación Social y coordinadora de "La Bisagra". el espacio de radio del Hospital Escuela de Salud Mental.
 
Escoubué resaltó la trascendencia de lo ocurrido en el senado este lunes no sólo por el avance que supone en materia de salud, sino por darse "en un contexto donde el Gobierno Nacional ha realizado distintos movimientos que implican retrocesos en la aplicación de la ley".
Además de adherir, con esta acción, se crea el Órgano de Revisión Provincial de Salud Mental, en el ámbito de la Defensoría General de Entre Ríos, con el objeto de proteger y promover los Derechos Humanos de los usuarios de los servicios de salud mental.
Hay que destacar que el proyecto contó con despacho de la Comisión de Salud, Medio Ambiente Humano y Drogadicción, que preside la representante de Federal, Nancy Miranda. Fue la legisladora la que pidió que el mismo sea tratado sobre tablas.
Por su parte, el senador de Concordia, Ángel Giano, elogió el trabajo de la senadora de Federal, Nancy Miranda, y de los trabajadores comprometidos en el día a día. Detalló que el despacho de comisión fue por unanimidad.
 
Mencionó la importancia de los cambios de paradigma que se propone y elogió la defensa de los derechos humanos de los pacientes.
 
Rechazó el trata manicomial, de encierro, con abuso de medicamentos, con internaciones indefinidas. "Esta es una ley que rige desde 2010 y hay un fuerte compromiso de los trabajadores entrerrianos en la aplicación de este avance en la política sanitaria", argumentó.
 
"Creemos que contar con esta ley va a permitir que el cambio de paradigma se profundice en Entre Ríos, lo que será un gran avance para la provincia, lo que la convierte en pionera", destacó.
 
El proyecto aprobado
 
El proyecto es del Poder Ejecutivo, que lo envió a la Cámara de Senadores en el año 2013. Recibió media sanción en ese entonces y pasó a la Cámara de Diputados, que lo devolvió con modificaciones al Senado en Julio de este año. Los cambios han sido aceptados y ahora pasa al Ejecutivo para su promulgación.
 
Hay que recordar que el vicegobernador de la provincia, Adán Bahl, se interesó en el tema y recibió a representantes de organizaciones de la sociedad civil, familiares y trabajadores de las áreas de Salud Mental, interesados directos en el tema, comprometiendo ante ellos sus gestiones para alcanzar el pronto tratamiento y la sanción definitiva.
 
En tanto durante una reunión de comisión participaron representantes del Hospital Colonia "Dr. Raúl Camino" de la ciudad de Federal, encabezados por el director, Mauricio Díaz; acompañado por el secretario Técnico, Marcelo Santini, e integrantes del equipo interdisciplinario, Licenciadas Walquiria Argento, Griselda Gottig y la Magister Silvia Soler, jefa de la división de enfermería.
 
También dialogó con los senadores el director de Salud Mental y Adicciones de la provincia, Carlos Berbara y también lo hicieron el director del Hospital Escuela de Salud Mental, Alejandro Ruiz.
 
Muchos de los nombrados, que trabajaron durante el proceso de adhesión y adecuación, se encontraban presentes en el recinto.
 
Además de adherir se crea el Órgano de Revisión Provincial de Salud Mental, en el ámbito de la Defensoría General de Entre Ríos, con el objeto de proteger y promover los Derechos Humanos de los usuarios de los servicios de salud mental.
 
Este órgano tiene idénticas funciones que su par Nacional, y podrá:
 
a) Requerir información a las instituciones públicas y privadas que permita evaluar las condiciones en que se realizan los tratamientos;
 
b) Supervisar de oficio o por denuncia de particulares las condiciones de internación, prácticas o abordajes en el ámbito público y privado;
 
c) Evaluar que las internaciones involuntarias se encuentren debidamente justificadas y no se prolonguen más del tiempo mínimo necesario, pudiendo realizar las denuncias pertinentes en caso de irregularidades, y eventualmente apelar las decisiones del juez;
 
d) Controlar que las derivaciones que se realizan fuera del ámbito comunitario cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 30 de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657;
 
e) Informar a la Autoridad de Aplicación periódicamente sobre las evaluaciones realizadas y proponer las modificaciones pertinentes;
 
f) Requerir la intervención judicial ante situaciones irregulares;
 
g) Hacer presentaciones ante el jurado de enjuiciamiento o el Organismo que en cada jurisdicción evalúe y sancione la conducta de los magistrados y funcionarios judiciales en las situaciones en que hubiera irregularidades;
 
h) Realizar recomendaciones a la Autoridad de Aplicación;
 
i) Realizar propuestas de modificación a la legislación en Salud Mental tendientes a garantizar los derechos humanos;
 
j) Controlar el cumplimiento de la presente ley, en particular en lo atinente al resguardo de los derechos humanos de los usuarios del sistema de salud mental;
 
k) Velar por el cumplimiento de los derechos de las personas en procesos de declaración de inhabilidad y durante la vigencia de dichas sentencias.-


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