El gobierno nacional dejará sin efecto, a partir del 1 de enero, la aplicación de la llamada Tarifa Social por consumos de hasta 150 kw mensuales que reconocía a hogares o personas con necesidades sociales. La decisión que anunció en términos generales el presidente Mauricio Macri el pasado lunes y que venía siendo objeto de negociaciones con los gobernadores para el presupuesto 2019 se concretó mediante la resolución 122 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.La decisión está contenida en la resolución 122 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La llamada Tarifa Social por consumos de hasta 150 kw mensuales, reconocía a hogares o personas con necesidades sociales.
“Establécese que a partir del 1 de enero de 2019, el régimen de Tarifa Social establecido en virtud de lo previsto en la Resolución Nº 6 del 25 de enero de 2016 del ex Ministerio de Energía y Minería, sus modificatorias y complementarias, para los beneficiarios que se encuentran domiciliados en las distintas jurisdicciones del servicio público de distribución de electricidad, será aplicable por los mecanismos que se instrumenten en cada una de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que adhieran a dicho régimen y que involucrará la asunción de su financiamiento y la coordinación con los agentes distribuidores y/o prestadores del servicio público de distribución de cada jurisdicción, los respectivos entes reguladores locales y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE)”, dice el instrumento acompañado por amplios fundamentos.
En los considerandos se recuerda que al establecerse el régimen tarifario para el verano 2016 “se tuvo en especial consideración la trascendencia social del servicio eléctrico, en el entendimiento de que parte de la demanda de usuarios finales carece de capacidad de pago suficiente para afrontar los precios establecidos con carácter general”. Así la tarifa social determinó que los beneficiarios no pagaban los primeros 150 kw mensuales y tenían costos reducidos cuando superaban ese umbral siempre y cuando su consumo sea menor o igual al registrado el mismo mes del año anterior.